Agregado de la sección primera del boletín oficial fecha 22/2/2024

COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES - DECTO-2024-175-APN-PTE - Desígnase Presidente.
#designacion #presidencial

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302907/1

Se decreta la designación de Raúl Daniel ESCANDAR como Presidente de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, bajo la SECRETARÍA DE CULTURA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, con rango de Subsecretario y período de ley. La designación se ampara en la Ley N° 23.351, estableciendo un mandato de dos años renovable. Firmantes: MILEI y PETTOVELLO.

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Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-08334343-APN-DGD#MC y la Ley Nº 23.351, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto se solicita designar al bibliotecario nacional Raúl Daniel ESCANDAR en el cargo vacante de Presidente de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, organismo desconcentrado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, por un período de ley.

Que los artículos 9º y 10 de la Ley Nº 23.351 establecen que la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES estará compuesta por UN (1) Presidente designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, el que durará DOS (2) años en sus funciones y podrá ser reelecto.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE CULTURA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley Nº 23.351.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del 28 de diciembre de 2023, al bibliotecario nacional Raúl Daniel ESCANDAR (D.N.I. N° 13.077.797) en el cargo de Presidente de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, organismo desconcentrado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, por un período de ley, con rango y jerarquía de Subsecretario.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Sandra Pettovello

e. 22/02/2024 N° 8137/24 v. 22/02/2024

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS - DECTO-2024-173-APN-PTE - Desígnase Subdirector Nacional.
#designacion #presidencial

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302908/1

Se decreta la designación de Benito Mario MOLVER como Subdirector Nacional de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, dependiente de la Secretaría de Interior del Ministerio del Interior. Firmantes: MILEI y FRANCOS.

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Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2024

VISTO el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del 11 de diciembre de 2023, en el cargo de Subdirector Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, al señor Benito Mario MOLVER (D.N.I. Nº 22.629.406).

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Guillermo Francos

e. 22/02/2024 N° 8139/24 v. 22/02/2024

MINISTERIO DE ECONOMÍA - DECTO-2024-174-APN-PTE - Desígnase Subsecretario de Hidrocarburos.
#designacion #presidencial

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302909/1

Se decreta la designación del ingeniero Luis Francisco DE RIDDER como Subsecretario de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, desde el 12/12/2023. Firmantes: MILEI, CAPUTO.

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Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2024

VISTO el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase, a partir del 12 de diciembre de 2023, en el cargo de Subsecretario de Hidrocarburos de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA al ingeniero electromecánico Luis Francisco DE RIDDER (D.N.I. N° 11.802.362).

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Luis Andres Caputo

e. 22/02/2024 N° 8138/24 v. 22/02/2024

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES - DA-2024-84-APN-JGM - Desígnase Directora de Contabilidad y Presupuesto.
#designación

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302910/1

Se decreta la designación transitoria de Lisa María HAEDO como Directora de Contabilidad y Presupuesto de la Dirección Nacional de Migraciones por 180 días hábiles. El Jefe de Gabinete Guillermo FRANCOS autoriza el suplemento por Función Ejecutiva Nivel III y exige concurso para cubrir el cargo dentro del plazo. Fondos asignados al Ministerio del Interior. Firmantes: Posse y Francos.

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Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-09352741-APN-SICYT#JGM, la Ley Nº 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 88 del 26 de diciembre de 2023, la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016 y la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES N° 6746 del 30 de diciembre de 2016 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1254/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES N° 6746/16 se aprobó la estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores del mencionado Organismo.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director de Contabilidad y Presupuesto de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la Dirección de Asuntos Legales de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 22 de enero de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la contadora pública Lisa María HAEDO (D.N.I. N° 31.078.090) en el cargo de Directora de Contabilidad y Presupuesto de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, Entidad 201 - DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Nicolás Posse - Guillermo Francos

e. 22/02/2024 N° 8140/24 v. 22/02/2024

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES - DA-2024-83-APN-JGM - Desígnase Director de Delegaciones.
#designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302911/1

Se decreta la designación transitoria de Esteban Roberto MORENO como Director de Delegaciones de la Dirección Nacional de Migraciones por 180 días hábiles, bajo propuesta de la jurisdicción correspondiente. Se establece la obligación de cubrir el cargo mediante concursos en el plazo indicado. El gasto se atiende con partidas presupuestarias especificadas. Firmantes: Nicolás POSSE y Guillermo FRANCOs.

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Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-05836345-APN-SICYT#JGM, la Ley Nº 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 88 del 26 de diciembre de 2023 y la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1254/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director de Delegaciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1° de febrero de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, al licenciado Esteban Roberto MORENO (D.N.I. N° 29.130.883) en el cargo de Director de Delegaciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, Entidad 201 - DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Nicolás Posse - Guillermo Francos

e. 22/02/2024 N° 8141/24 v. 22/02/2024

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES - DA-2024-85-APN-JGM - Desígnase Director de Control Aéreo.
#designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302912/1

Se decreta la designación transitoria de Ariel Abadie como Director de Control Aéreo en la Dirección Nacional de Migraciones por 180 días hábiles. Guillermo Francos (Jefe de Gabinete) autoriza la designación bajo propuesta de la jurisdicción, estableciendo plazo para cubrir el cargo mediante concursos. Se citan normas y antecedentes. El gasto se financia con partidas del Ministerio del Interior. Firmantes: Posse y Francos.

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Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-07974049-APN-SICYT#JGM, la Ley Nº 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 88 del 26 de diciembre de 2023, la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016 y la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES N° 6746 del 30 de diciembre de 2016 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1254/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES N° 6746/16 se aprobó la estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores del mencionado Organismo.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director de Control Aéreo de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1° de febrero de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida, al doctor Ariel David ABADIE (D.N.I. N° 30.594.562) en el cargo de Director de Control Aéreo de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, Entidad 201 - DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Nicolás Posse - Guillermo Francos

e. 22/02/2024 N° 8142/24 v. 22/02/2024

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES - DA-2024-81-APN-JGM - Desígnase Director de Contrataciones.
#designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302913/1

Se decreta designación transitoria de Leonardo Oscar RICCI como Director de Contrataciones de la Dirección Nacional de Migraciones por 180 días hábiles. El cargo debe cubrirse mediante concursos en el plazo. El gasto se financia con recursos de la jurisdicción 30 - Ministerio del Interior. Firmantes: Posse y Francos.

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Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-10761399-APN-SICYT#JGM, la Ley Nº 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 88 del 26 de diciembre de 2023, la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016 y la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES N° 6746 del 30 de diciembre de 2016 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1254/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES N° 6746/16 se aprobó la estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores del mencionado Organismo.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director de Contrataciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1° de febrero de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, al señor Leonardo Oscar RICCI (D.N.I. N° 27.947.579) en el cargo de Director de Contrataciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, Entidad 201 - DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Nicolás Posse - Guillermo Francos

e. 22/02/2024 N° 8136/24 v. 22/02/2024

MINISTERIO DE SALUD - DA-2024-79-APN-JGM - Desígnase Director de Comunicación Institucional y Prensa.
#designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302914/1

Posse y Russo firman. Se decreta la designación transitoria de Roberto OLIVIERI PINTO como Director de Comunicación Institucional y Prensa en el Ministerio de Salud (Mario LUGONES) por 180 días hábiles bajo competencia del Jefe de Gabinete Guillermo FRANCOS. Se autoriza pago con cargo al presupuesto del ministerio. Se establece plazo para cubrir el cargo conforme normas SINEP.

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Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-07111668-APN-SICYT#JGM, la Ley N° 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 88 del 26 de diciembre de 2023, 10 del 3 de enero de 2024 y la Decisión Administrativa N° 384 del 19 de abril de 2021 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 10/24 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría y sus respectivos Objetivos, correspondiente al MINISTERIO DE SALUD.

Que por la Decisión Administrativa Nº 384/21 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada Jurisdicción.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director de Comunicación Institucional y Prensa del MINISTERIO DE SALUD.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 16 de enero de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al licenciado Roberto Luis OLIVIERI PINTO (D.N.I. N° 26.186.846) en el cargo de Director de Comunicación Institucional y Prensa del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 16 de enero de 2024.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Nicolás Posse - Mario Antonio Russo

e. 22/02/2024 N° 8132/24 v. 22/02/2024

MINISTERIO DE SALUD - DA-2024-80-APN-JGM - Desígnase Directora Nacional de Talento Humano y Conocimiento.
#designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302915/1

Se decreta la designación transitoria de Andrea N. Reynaldi como Directora Nacional de Talento Humano y Conocimiento del Ministerio de Salud por 180 días hábiles. Debe cubrirse mediante concursos dentro del plazo. El gasto se financia con partidas del ministerio. Firmantes: Posse y Russo.

Ver texto original

Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-03131966-APN-SICYT#JGM, la Ley N° 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 88 del 26 de diciembre de 2023, 10 del 3 de enero de 2024 y la Decisión Administrativa N° 384 del 19 de abril de 2021 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 10/24 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos Objetivos, correspondiente al MINISTERIO DE SALUD.

Que por la Decisión Administrativa Nº 384/21 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada Jurisdicción.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director Nacional de Talento Humano y Conocimiento del MINISTERIO DE SALUD.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1° de enero de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la doctora Andrea Nelva REYNALDI (D.N.I. N° 21.519.009) en el cargo de Directora Nacional de Talento Humano y Conocimiento del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1° de enero de 2024.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Nicolás Posse - Mario Antonio Russo

e. 22/02/2024 N° 8134/24 v. 22/02/2024

MINISTERIO DEL INTERIOR - DA-2024-82-APN-JGM - Desígnase Director Nacional de Asuntos Técnicos de Fronteras.
#designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302916/1

Se decreta la designación transitoria de Ricardo BOTANA (Director Nacional de Asuntos Técnicos de Fronteras en el Ministerio del Interior) por 180 días hábiles desde el 1/1/2024, autorizándose el pago de suplemento. El cargo debe cubrirse mediante procesos de selección vigentes en el mismo plazo. Firmantes: Nicolás POSSE y Guillermo FRANCOS.

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Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-10303624-APN-SICYT#JGM, la Ley N° 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 88 del 26 de diciembre de 2023, 33 del 8 de enero de 2024 y la Decisión Administrativa N° 1184 del 2 de julio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 33/24 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, correspondientes al MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que por la Decisión Administrativa N° 1184/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la referida Jurisdicción.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director Nacional de Asuntos Técnicos de Fronteras del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1° de enero de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida, al magíster Ricardo BOTANA (D.N.I. N° 25.641.338) en el cargo de Director Nacional de Asuntos Técnicos de Fronteras del MINISTERIO DEL INTERIOR, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Nicolás Posse - Guillermo Francos

e. 22/02/2024 N° 8135/24 v. 22/02/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR - RESOL-2024-5-E-AFIP-SDGOAI

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302917/1

Se decreta renovación por 10 años de habilitación del depósito fiscal de RUTA 9 GROUP LOGÍSTICA S.R.L. en Ruta 1001 N° 3645, San Pedro, Buenos Aires (2.809,65 m²: 1.145,80 cubiertos, 1.533,85 descubiertos y 130 semicubiertos). Mantiene vigencia en LOT y obliga cumplir requisitos técnicos. Firmante: Racana.

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Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

VISTO lo tramitado en el EX-2023-00076223- -AFIP-ADSAPE#SDGOAI del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma RUTA 9 GROUP LOGÍSTICA S.R.L., CUIT N° 30-71204719-0, presentó por SITA 23060SITA000035B con fecha 11 de enero de 2023, la solicitud de renovación del depósito fiscal general, en los términos de lo normado en el art. 9° de la Resolución General N° 4.352 y modificatoria, ubicado en la Ruta 1001 N° 3645 de la ciudad de SAN PEDRO, provincia de BUENOS AIRES, jurisdicción de la Aduana de SAN PEDRO.

Que cabe destacar que el depósito mencionado anteriormente tramitó a través de la Actuación SIGEA Nº 17944-133-2016 y fue habilitado mediante Resolución RESOL-2018-60-E-AFIP-SDGOAI de fecha 3 de agosto de 2018 por un período de 5 (CINCO) años conforme el Anexo I apartado V de la Resolución General N° 3.871, siendo su vencimiento el día 19 de agosto de 2023.

Que la Aduana de SAN PEDRO, incorpora a través de varios informes la documentación exigida por la normativa vigente, a los fines de acreditar el cumplimiento de los requisitos físicos, documentales y tecnológicos requeridos para la renovación, manifestando en el Informe IF-2023-01801216-AFIP-ADSAPE#SDGOAI de fecha 7 de agosto de 2023 que se cumplen los requisitos exigidos en la Resolución General N° 4352 y modificatoria.

Que consecuentemente interviene la División Regional Jurídica 2 mediante el Informe IF-2023-01997107-AFIP-DVRJU2#SDGTLA (DICTAMEN 276/2023 -DV RJU2) de fecha 24 de agosto de 2023 y la Dirección Regional Aduanera HIDROVÍA a través del Informe IF-2023-02045318-AFIP-DIRAHI#SDGOAI de fecha 29 de agosto de 2023), señalando que la firma “…habría finalizado y cumplimentado la presentación de la documentación correspondiente a la renovación de la habilitación del Depósito Fiscal general en el marco de la Resolución General N° 4352 /2018 (AFIP) y la Instrucción General N° 2/2019 (SDGOAI), por lo que se eleva el presente para su análisis e intervención…”

Que en el expediente EX-2023-01788383- -AFIP-DVZPYF#SDGOAI, fusionado al expediente citado en el VISTO, la División Análisis de Nuevas Tecnologías tomó la intervención que le compete en lo que respecta al cumplimiento de los aspectos técnicos del equipamiento de control no intrusivo propuesto por el permisionario, mediante el Informe IF-2023-02011765-AFIP-DVANTE#DGADUA de fecha 25 de agosto de 2023, destacando que “… el equipo propuesto reuniría las condiciones técnicas establecidas en el marco de la Resolución General AFIP Nº 4352/2018 y su modificatoria…”.

Que asimismo tomó intervención la División Control Operacional dependiente del Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero, manifestando mediante Informe IF-2023-02523985-AFIP-DVCORADECUMA#SDGCAD, de fecha 10 de octubre de 2023, que “…el punto operativo cumple con los requerimientos de toma de imágenes instantáneas, descarga de video y repositorio on line…” y “…cumplimenta los requisitos de la RG 4352/2018 AFIP, sus modificatorias y complementarias, evaluados en este informe…”

Que de la información extraída del Sistema “Reporte de Transmisión de Stock de Depósitos Fiscales” surge que la firma en trato transmite el stock.

Que asimismo, la División Zonas Primarias y de Fronteras ha emitido el informe de su competencia, mediante el informe IF-2023-02831173-AFIP-DVZPYF#SDGOAI.

Que la Dirección de Legal se expide mediante Informe IF-2024-00058346-AFIP-DILEGA#SDGTLA de fecha 8 de enero de 2024, indicando que “…en el marco de intervención de competencia de esta instancia en los términos del art. 4° de la Disposición (AFIP) N° 249/2016, no se encuentran objeciones que formular a la continuidad del trámite…”.

Que asimismo intervienen el Departamento Asesoramiento Aduanero y la División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero mediante Informe IF-2024-00103777-AFIP-SDTADVDRTA#SDGASJ de fecha 11 de enero de 2024, concluyendo, entre otros extremos, que esa área legal “…no tiene objeciones que formular para dar continuidad al trámite de renovación de habilitación del Depósito Fiscal General de la firma “RUTA 9 GROUP LOGISTICA SRL’…”, lo cual es compartido por la Dirección de Asesoría Legal Aduanera mediante PV-2024-00105577-AFIP-DIASLA#SDGASJ.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera y de Asuntos Jurídicos conforme la Disposición N° 249/16 AFIP y las áreas competentes de esta Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, corresponde aprobar el trámite de renovación de la habilitación oportunamente otorgada.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- TENGASE por renovada la habilitación del depósito fiscal general de la firma “RUTA 9 GROUP LOGÍSTICA S.R.L.”, CUIT N° 30-71204719-0, ubicado en la Ruta 1001 N° 3645 de la ciudad de SAN PEDRO, provincia de BUENOS AIRES, jurisdicción de la Aduana de SAN PEDRO, con una superficie total de DOS MIL OCHOCIENTOS NUEVE CON SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (2.809,65 m2), compuesta por MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON OCHENTA METROS CUADRADOS (1.145,80 m2) cubiertos, MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES CON OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (1.533,85 m2) descubiertos y CIENTO TREINTA METROS CUADRADOS (130 m2) semicubiertos, acorde a lo especificado en plano agregado en el Informe IF-2023-01152838-AFIP-SEIOADSAPE#SDGOAI de fecha 30 de mayo de 2023 y la documentación embebida al Informe IF-2023-01285793-AFIP-SEIOADSAPE#SDGOAI de fecha 13 de junio de 2023, por el plazo de DIEZ (10) años de conformidad a lo establecido en el apartado V, Punto 1 del Anexo I de la Resolución General N° 4.352 y modificatoria.

ARTÍCULO 2°.- MANTENGASE la vigencia operativa del depósito fiscal general en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o la que en el futuro la reemplace, sujeta al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas, documentales y tecnológicas establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución General N° 4.352 y modificatoria tenidas en cuenta para la renovación de la habilitación.

ARTÍCULO 3°: REGISTRESE. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVÍA y la Aduana de SAN PEDRO. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado, remítase copia para conocimiento a la Subdirección General de Control Aduanero y continúese con los trámites de rigor.

Maria de los Milagros Racana

e. 22/02/2024 N° 7759/24 v. 22/02/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR - RESOL-2024-6-E-AFIP-SDGOAI

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302918/1

Se decreta readecuación del depósito fiscal de CORVEN MOTORS S.A. (CUIT 30-71027733-4) en Venado Tuerto, Santa Fe, con vigencia de 10 años. Autoriza Racana, Subdirectora General de Operaciones Aduuaneras del Interior, tras cumplimiento de requisitos técnicos, documentales y RG 4352/2018. Intervinieron Aduana de Venado Tuerto, Dirección Regional Hidrovía, División Zonas Primarias y Fronteras, y áreas técnicas de AFIP.

Ver texto original

Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

VISTO lo tramitado en el expediente electrónico EX 2020-00518270- -AFIP-DVECHI#SDGOAI del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma CORVEN MOTORS ARGENTINA S.A., CUIT N° 30-71027733-4, presentó con fecha 7 de junio de 2016 (SIGEA N°17490-61-2016) la solicitud de readecuación de la habilitación del depósito fiscal particular, ubicado en la calle Marcos Ciani 2118, VENADO TUERTO, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana de VENADO TUERTO, que le fuera oportunamente otorgada en el marco de la Resolución ex ANA Nº 3343/1994.

Que la citada presentación fue efectuada acorde a lo estipulado en la Resolución General N° 3.871, hoy Resolución General N° 4.352 y modificatoria, las que establecieron un proceso de adecuación de los requisitos tecnológicos, físicos y documentales que deben cumplir los depósitos fiscales habilitados o a habilitarse.

Que la Dirección Gestión de los Recursos y Presupuestos remite los antecedentes que dieron origen a la actuación, a esta Subdirección General a través de la Nota N° 78/2018 (DI GERP), de fecha 8 de mayo de 2018, a fin de continuar con el trámite de readecuación del depósito fiscal en trato.

Que analizada la actuación por la División Zonas Primarias y Fronteras, la misma fue remitida mediante Nota N° 157/18 (DV ZPYF) de fecha 14 de septiembre de 2018, con observaciones a la Aduana de VILLA CONSTITUCIÓN, a fin de que la firma tomara conocimiento y diera cumplimiento a la totalidad de los extremos requeridos para la readecuación pretendida.

Que recibida nuevamente la actuación y habiendo efectuado un relevamiento de la documentación obrante, por conducto de la División Zonas Primarias y Fronteras, la misma fue remitida a la Aduana de VILLA CONSTITUCIÓN a través de Nota N° 210/19 (DV ZPYF) de fecha 19 de septiembre de 2019, solicitando la incorporación de documentación faltante y/o vencida.

Que en atención al tiempo transcurrido y conforme las instrucciones internas dictadas en el marco del COVID 19, la Aduana de VILLA CONSTITUCIÓN generó el expediente electrónico y la actuación fue remitida en forma digitalizada mediante informe IF-2020-00518454-AFIP-SAPRDVECHI#SDGOAI de fecha 19 de agosto de 2020, a fin de dar cumplimiento a lo solicitado.

Que la firma solicita la excepción de contar con balanza fiscal, atento que la mercadería que ingresa/egresa al depósito fiscal no requiere control de peso, ya que la misma es comercializada por unidad y no en kilos, situación que es avalada por la Aduana de VILLA CONSTITUCION mediante el informe IF-2021-00295392-AFIP-SITOADVICO#SDGOAI de fecha 22 de mayo de 2020 y la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA a través del informe IF-2020-00531671-AFIP-DVECHI#SDGOAI de fecha 24 de agosto de 2020.

Que obra la intervención de la Aduana de VILLA CONSTITUCIÓN en el informe IF-2021-00309059-AFIP-ADVICO#SDGOAI de fecha 30 de marzo de 2021, los Dictámenes Jurídicos N° 105/2021 (DV RJU2) IF-2021-00788766-AFIP-DVRJU2#SDGOAI de fecha 16 de julio de 2021 y N°118/2021(DV RJU2) IF-2021-00876253-AFIP-DV RJU2#SDGOA de fecha 5 de agosto de 2021 e informes IF-2021-00359259-AFIP-DVECHI#SDGOAI, de fecha 13 de abril de 2021 e IF-2021-00366874-AFIP-DIRAHI#SDGOAI de fecha 14 de abril de 2021 de la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA señalando que se han cumplimentado los extremos previstos y exigidos por la Resolución General N° 4.352 y modificatoria, para la continuidad del trámite de readecuación.

Que teniendo en cuenta que mediante la Disposición N° 478/2015 AFIP se creó la Aduana de VENADO TUERTO, comenzando su operatividad el 1 de noviembre de 2021, el depósito en trato cambió su jurisdicción a la mencionada Aduana.

Que posteriormente y frente a nuevos requerimientos de la División Zonas Primarias y Fronteras se incorpora a la actuación –durante el período 2022-2023- la documentación exigida por la normativa vigente, a los fines de acreditar el cumplimiento de los requisitos físicos, documentales y tecnológicos exigidos para la readecuación.

Que en otro orden, el Departamento Nuevas Tecnologías y Proyectos Especiales Aduaneros tomó la intervención que le compete conforme la Resolución General N° 4.352 y modificatoria en lo que respecta al cumplimiento del Sistema de Circuito Cerrado de Televisión (CCTV) que tiene instalado el depósito en trato, destacando en la providencia PV-2023-00793584-AFIP-DENTPE#DGADUA de fecha 19 de abril de 2023, que dicho sistema cumple con las especificaciones técnicas establecidas en la norma.

Que asimismo tomó intervención la División Control Operacional dependiente del Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero mediante el informe IF-2023-02570363-AFIP-DVCORADECUMA#SDGCAD de fecha 18 de octubre de 2023, señalando que “...el punto operativo cumple con los requerimientos de toma de imágenes instantáneas, descarga de video y repositorio on line...” y “...cumplimenta los requisitos de la RG 4352/2018 AFIP, modificatorias y complementarias evaluados en este informe…”

Que posteriormente y a fin de continuar el trámite de readecuación del depósito en trato, interviene la Aduana de VENADO TUERTO mediante informe IF-2023-02841334-AFIP-ADVETU#SDGOAI de fecha 10 de noviembre de 2023 manifestando que “…el depósito fiscal CORNEN MOTORS ARGENTINA S.A. ha cumplimentado las adecuaciones requeridas según Res. Gral AFIP 5182 y cumple los requisitos de la Resolución General N° 4352…” y la División Evaluación y Control Operativo Regional a través del informe IF-2024-00018281-AFIP-DVECHI#SDGOAI señalando el cumplimiento de los requisitos normativos, lo cual es compartido por la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA.

Que la Dirección de Legal se expide en el informe IF-2024-00094553-AFIP-DILEGA#SDGTLA, de fecha 10 de enero de 2024 mediante el cual indica que “...se encuentra debidamente acreditada la legitimidad de la representación legal invocada en autos (conf. Planillas del Sistema Gestión de Autorizaciones Electrónicas adjuntas a los Ordenes 15 y 180), así como también que la requirente se encuentra habilitada por el Organismo para actuar como depositaria fiscal de mercaderías (conf. surge de la documental adjunta al SIGEA Nº 17490-61-2016 embebido en el Orden 15); no requiriéndose en el caso que en el objeto social de la requirente se encuentre comprendida la actividad que la misma pretende desarrollar por tratarse en el caso de la habilitación de un depósito fiscal de carácter particular…”

Que asimismo interviene el Departamento Asesoramiento Aduanero y la División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero en el informe IF-2024-00133478-AFIP-SDTADVDRTA#SDGASJ de fecha 16 de enero de 2024, en el cual concluyen entre otros extremos que: “…teniendo en cuenta los informes técnicos elaborados por las dependencias competentes, así como las constancias acompañadas, esta área legal no tiene objeciones que formular para dar continuidad al trámite de readecuación de habilitación del Depósito Fiscal Particular de la firma “Corven Motors Argentina SA” CUIT 30-71027733-4...“, lo cual es compartido por la Dirección de Asesoría Legal Aduanera en providencia PV-2024-00138016-AFIP-DIASLA#SDGASJ.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera, de Asuntos Jurídicos conforme la Disposición N° 249/16 AFIP y las áreas competentes de esta Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, corresponde aprobar el trámite de readecuación de la habilitación oportunamente otorgada.

Que de la información extraída del Sistema “Reporte de Transmisión de Stock de Depósitos Fiscales” surge que la firma en trato transmite el stock.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- TENGASE por readecuado y continúese habilitado el depósito fiscal particular de la firma CORVEN MOTORS ARGENTINA S.A., CUIT N° 30-71027733-4, ubicado en la calle Marcos Ciani 2118, VENADO TUERTO, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana de VENADO TUERTO, con una superficie cubierta de TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (3.582 m²) y una superficie descubierta de DOS MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS (2.218 m²) conformando una superficie total de CINCO MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (5.800 m2 ), incluyendo mercadería IMO, acorde a lo especificado en documentación obrante en auto.

ARTICULO 2°:- DETERMINESE que la habilitación continuará en vigencia por el plazo de DIEZ (10) años desde el dictado de la presente, de conformidad a lo establecido en el Apartado V, Punto 1 del Anexo I de la Resolución General N° 4352 y modificatoria.

ARTICULO 3°: ESTABLECESE que la vigencia operativa del depósito fiscal particular en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o la que en el futuro la reemplace, quedará sujeta al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas, documentales y tecnológicas establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución General N° 4352 y modificatoria, tenidas en cuenta para la readecuación de la habilitación.

ARTICULO 4°: REGISTRESE. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA y la Aduana de VENADO TUERTO. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado, remítase copia para conocimiento a la Subdirección General de Control Aduanero y continúese con los trámites de rigor.

Maria de los Milagros Racana

e. 22/02/2024 N° 7758/24 v. 22/02/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR - RESOL-2024-7-E-AFIP-SDGOAI

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302919/1

Se decreta la aprobación de la solicitud de prefactibilidad para la habilitación de un depósito fiscal general de 2100 m² para CAPSA S.A., ubicado en el Parque Industrial Alvear, Rosario, Santa Fe. La firma debe cumplir requisitos documentales, físicos y tecnológicos según Resolución General 4352/2018. Firmantes: Racana.

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Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

VISTO lo tramitado en el expediente EX-2023-01154443- -AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma “CAPSA S.A.”, CUIT 30-71026823-8, presentó por Sistema Informático de Trámites Aduaneros SITA Nº 23052SITA003570J de fecha 29 de mayo de 2023 una solicitud de prefactibilidad para la habilitación de un depósito fiscal general ubicado en la Ruta Provincial Nº 21 Km. 7, emplazado en el lote 00105 dentro del Parque industrial Alvear, localidad de ROSARIO, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana de ROSARIO, acorde a lo estipulado en el Artículo 9° de la Resolución General N° 4352 y modificatoria.

Que de la documentación aportada surge que la firma solicita la prefactibilidad de un depósito fiscal general con una superficie total aproximada de 2100 m2 (DOS MIL CIEN METROS CUADRADOS), para el almacenaje de mercadería general, sólida y líquida.

Que mediante Informe IF-2023-01341245-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI de fecha 21 de junio de 2023 se incorpora la documental presentada por la firma a los fines de la aprobación del trámite de prefactibilidad en trato, la que se complementa con la documentación obrante en posteriores Informes (IF).

Que han tomado intervención en los presentes actuados, la Aduana de ROSARIO mediante providencia PV-2023-01343019-AFIP-SEIOADROSA#SDGOAI y PV-2023-01349545-AFIPADROSA#SDGOAI, ambas de fecha 21 de junio de 2023, la Sección de Riesgo Regional a través de IF-2023-01513315-AFIP-SRRGDVIRG2#SDGOAI de fecha 7 de julio de 2023, y la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA mediante Informe IF-2023-01539870-AFIP-DIRAHI#SDGOAI de fecha 11 de julio de 2023, señalando esta última que “…no surgiendo objeciones alguna, se envía el presente a la Div. Zonas Primarias y Fronteras a los fines de continuar con el trámite establecido en el art. 3° y 4° de la Resolución General 4352/2018 (DGA) y modificatorias….”

Que a través de IF-2023-02019650-AFIP-DVZPYF#SDGOAI de fecha 28 de agosto de 2023, la División Zonas Primarias y Fronteras eleva la actuación a la Dirección de Reingeniería de Procesos Aduaneros a fin de que la misma informe si el scanner propuesto por la firma se adecúa a las especificaciones técnicas detalladas en la página web del organismo conforme la Resolución General N° 4352 y modificatoria.

Que mediante IF-2023-03347129-AFIP-DVANTE#DGADUA de fecha 29 de diciembre de 2023, la División de Análisis y Nuevas tecnologías informa que “...de dicho contraste surge que el equipo reúne las condiciones técnicas establecidas en el marco de la Resolución General AFIP N° 4352/2018…”, lo cual es compartido por la Dirección de Reingeniería de Procesos Aduaneros a través de PV-2024-00016980-AFIP-DIREPA#DGADUA de fecha 3 de enero de 2024.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante IF-2024-00257951-AFIP-DILEGA#SDGTLA de fecha 31 de enero de 2024, de Asuntos Jurídicos a través del informe IF-2024-00295583-AFIPSDTADVDRTA#SDGASJ y providencia PV-2024-00295995-AFIP-DIASLA#SDGASJ, ambas de fecha 5 de febrero de 2024 y las áreas competentes de ésta Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, corresponde aprobar la solicitud de prefactibilidad presentada por la firma en trato.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- TENGASE por aprobada la factibilidad del proyecto para la habilitación de un depósito fiscal general presentado por la firma “CAPSA S.A.”, CUIT 30-71026823-8, con una superficie total aproximada de 2100 m2 (DOS MIL CIEN METROS CUADRADOS), ubicado en la Ruta Provincial N.º 21 Km. 7, emplazado en el lote 00105 dentro del Parque industrial Alvear, localidad de ROSARIO, Provincia de SANTA FE , en jurisdicción de la Aduana de ROSARIO, conforme el Artículo 3° de la Resolución General N° 4.352 y su modificatoria, para el almacenaje de mercadería general, sólida y líquida.

ARTÍCULO 2°: ESTABLECESE que a los fines de la habilitación del depósito fiscal general en trato, la firma deberá iniciar el trámite de habilitación normado en la Resolución General N° 4.352 y cumplir los requerimientos documentales, físicos y tecnológicos especificados en la misma.

ARTÍCULO 3°.- REGISTRESE. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVÍA y la Aduana de ROSARIO. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y continúese con los trámites de rigor.

Maria de los Milagros Racana

e. 22/02/2024 N° 7757/24 v. 22/02/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR - RESOL-2024-8-E-AFIP-SDGOAI

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302920/1

Se decreta aprobación de prefactibilidad de depósito fiscal para PTP WARRANT S.A. (CUIT 30-71144988-0) en Ramallo, Buenos Aires, con superficie total de 11.500 m² (detalles tabulados). Se exceptúa escáner por operar exclusivamente con mercadería a granel conforme RG 4352. Establece requisitos técnicos pendientes. Firmante: Racana.

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Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

VISTO lo tramitado en el expediente EX-2022-01645482- -AFIP-SEIOADSANI#SDGOAI del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma PTP WARRANT S.A., CUIT 30-71144988-0, presentó por Sistema Informático de Trámites Aduaneros SITA Nº 22059SITA000658T de fecha 22 de julio de 2022 una solicitud de prefactibilidad para la habilitación de un depósito fiscal general ubicado en Camino de la Costa Km 7.7, S/N°, localidad de RAMALLO, Provincia de BUENOS AIRES, dependiente de la jurisdicción de la Aduana de SAN NICOLÁS, acorde a lo estipulado en el artículo 9° de la Resolución General N° 4352 y modificatoria.

Que de la documentación aportada surge que la firma solicita la prefactibilidad de un depósito fiscal general con una superficie total aproximada de 11.500 m2 (ONCE MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS), compuesto por una celda cerrada cubierta de 5.500 m2 (CINCO MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS) y una plazoleta abierta de 6.000 m2 (SEIS MIL METROS CUADRADOS), para el almacenaje de mercadería a granel.

Que mediante Informe IF-2023-00224281-AFIP-SEIOADSANI#SDGOA de fecha 3 de febrero de 2023 se incorpora la documental presentada por la firma a los fines de la aprobación del trámite de prefactibilidad en trato, la que se complementa con la documentación obrante en los Informes IF-2023-00895559-AFIP-SEIOADSANI#SDGOAI e IF-2023-01615460-AFIP-SEIOADSANI#SDGOAI.

Que han tomado intervención en los presentes actuados, la Sección Inspección Operativa mediante Informe IF-2023-00924997-AFIP-SEIOADSANI#SDGOAI, la Aduana local mediante Providencia PV-2023-00927294-AFIP-ADSANI#SDGOAI, ambos de fecha 3 de mayo de 2023 y la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA mediante Informe IF-2023-01233756-AFIP-DIRAHI#SDGOAI de fecha 7 de junio de 2023 señalando esta última el compromiso asumido por la firma de contar con los requerimientos físicos y tecnológicos requeridos por la normativa vigente, entendiendo que “…podría encuadrarse la excepción de contar con elemento de control no intrusivo en el Art. 7 de la RG 4352 AFIP y modif.. Todo ello, siempre y cuando quede taxativamente expresado en la Resolución de aprobación de prefactibilidad que se operará exclusivamente con mercadería a granel…”

Que en el marco de las presentes actuaciones y de conformidad a lo señalado en el tercer párrafo del Artículo 3° de la citada Resolución General N° 4352 y modificatoria, la firma plantea la excepción de contar con escáner con fundamento en que sólo se almacenará mercadería a granel en la plazoleta abierta y en la celda. La Sección Inspección Operativa de la Aduana de San NICOLÁS acepta la excepción planteada mediante Informe IF-2023-01450147-AFIP-SEIOADSANI#SDGOAI, criterio compartido por la Aduana local mediante Providencia PV-2023-01451054-AFIPADSANI#SDGOAI. Por su parte, la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA destaca mediante Informe IF-2023-01558712-AFIP-DIRAHI#SDGOAI que podría encuadrarse la excepción, siempre y cuando quede taxativamente expresado en la Resolución de aprobación de prefactibilidad que se operará exclusivamente con mercadería a granel.

Que al respecto cabe tener presente que la normativa en vigencia sólo exceptúa de contar con escáner a los tanques, celdas y silos, por tal motivo, para el otorgamiento de la excepción planteada, se elevó para su tratamiento a la Dirección General de Aduanas de conformidad a lo estipulado en el Artículo 10° de la Resolución General N° 4.352 y modificatoria.

Que mediante Providencia PV-2023-03041551-AFIP-DGADUA de fecha 29 de noviembre de 2023 la Dirección General de Aduanas comparte las intervenciones de las áreas operativas y autoriza la excepción solicitada, limitando la tramitación a operaciones exclusivamente con mercadería a granel en plazoletas y celdas, debiendo referenciarse expresamente en el acto administrativo pertinente dicha limitación, todo ello en la medida que no impida el normal desenvolvimiento de las tareas de control propias del servicio aduanero.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete la Subdirección General de Técnico Legal Aduanera, mediante informe IF-2024-00166995-AFIP-DILEGA#SDGTLA, de Asuntos Jurídicos a través del informe IF-2024-00214750-AFIP-SDTADVDRTA#SDGASJ y providencia PV-2024-00215242-AFIP-DIASLA#SDGASJ y las áreas competentes de ésta Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, corresponde aprobar la solicitud de prefactibilidad presentada por la firma en trato.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- TENGASE por aprobada la factibilidad del proyecto para la habilitación de un depósito fiscal general presentado por la firma “PTP WARRANT S.A, CUIT 30-71144988-0, para la habilitación de depósito fiscal general con una superficie total de terreno aproximada de 11.500 m2 (ONCE MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS) compuesto por una celda cerrada cubierta de 5.500 m2 (CINCO MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS) y una plazoleta abierta de 6.000 m2 (SEIS MIL METROS CUADRADOS), ubicado en Camino de la Costa KM 7.7, S/N°, en la ciudad de RAMALLO, Provincia de BUENOS AIRES, en jurisdicción de la Aduana de SAN NICOLÁS, conforme el Artículo 3° de la Resolución General N° 4.352 y modificatoria, para el almacenaje exclusivo de mercadería a granel.

ARTÍCULO 2°: ESTABLECESE que a los fines de la habilitación del depósito fiscal general en trato, la firma deberá iniciar el trámite de habilitación normado en la Resolución General N° 4.352 y modificatoria y cumplir con los requerimientos documentales, físicos y tecnológicos especificados en la misma, los que no fueron objeto de análisis en el presente.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVÍA y la Aduana de SAN NICOLÁS. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y continúese con los trámites de rigor.

Maria de los Milagros Racana

e. 22/02/2024 N° 7751/24 v. 22/02/2024

AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD - RESOL-2024-134-APN-DE#AND
#designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302921/1

Se decreta la prórroga de la designación transitoria de Romina C. DONATO como Coordinadora de Monitoreo Operativo en la Agencia Nacional de Discapacidad (órgano de la Jefatura de Gabinete) por 180 días hábiles a partir del 25/1/2024, con autorización de pago de suplemento correspondiente. La norma faculta a cubrir el cargo según mecanismos de selección del SINEP en el plazo indicado y determina el gasto en partidas del presupuesto de la agencia. Firmado por Diego Orlando SPAGNUOLO.

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Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2024

Visto el Expediente N° EX-2024-08338256-APN-DRRHH#AND, los Decretos N° 698 del 5 de septiembre de 2017 y sus modificatorios, N° 160 del 27 de febrero de 2018, N° 1035 del 08 de noviembre de 2018, N° 426 del 21 de julio de 2022, N° 391 del 27 de julio de 2023 y N° 77 de 22 de diciembre de 2023,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 698/17 y sus modificatorios se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, en la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, luego transferida por Decreto N° 8/23 a la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 160/18 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.

Que mediante el Decreto N° 391 del 27 de julio de 2023 se dio por designada transitoriamente a partir del día 2 de Mayo de 2023 y por el término de ciento ochenta (180) días hábiles, a la licenciada Romina Cecilia DONATO (D.N.I. N° 26.294.310) en el cargo de Coordinadora de Monitoreo Operativo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, con Nivel B – Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que, a través del Decreto N° 1035 de 8 de noviembre de 2018, se faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que por artículo 1° del Decreto N° 426 del 21 de julio de 2022 y su modificatorio, se estableció en que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza.

Que en el artículo 2°, inciso d) del citado Decreto N° 426/22, se dispusieron las excepciones a las limitaciones previstas en el artículo 1°, quedando exceptuadas las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.

Que el Decreto N° 77 del 22 de diciembre de 2023 prorrogó la vigencia del Decreto N° 426/22 hasta el 31 de marzo de 2024.

Que las prórrogas de las designaciones resultan necesarias para garantizar el adecuado funcionamiento de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario.

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS y la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los Decretos N° 698/17 y sus modificatorios, y los Decretos N° 1035/18 y N° 96/23.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1°. - Dáse por prorrogada a partir del día 25 de Enero de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de esa fecha, la designación transitoria de la licenciada Romina Cecilia DONATO (D.N.I. N° 26.294.310) en el cargo de Coordinadora de Monitoreo Operativo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, cargo de Nivel B Grado 0, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.

ARTICULO 2º.- Los cargos involucrados en la presente medida deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 25 de enero de 2024.

ARTICULO 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la ENTIDAD 917 – AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD – JURISDICCION 305 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 4°. - Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado de la presente medida.

ARTICULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Diego Orlando Spagnuolo

e. 22/02/2024 N° 7968/24 v. 22/02/2024

AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS - RESOL-2024-20-APN-ANMAC#MSG

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302922/1

Juan Pablo Allan, Director Ejecutivo de la ANMAC (ahora en órbita del Ministerio de Seguridad), decreta: 1) Suspender el art.7 de la Resolución 9/2016. 2) Permitir a ciudadanos informar causales previstas en el art.3 de dicha norma. 3) Instruir a la Coordinación de Planificación Estratégica para diseñar un nuevo procedimiento con prioridad en violencia de género. La norma rige desde su publicación.

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Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

VISTO la Ley de creación de la Agencia Nacional de Materiales Controlados N° 27.192, las leyes nacionales N°27.192, 24.492, 24.632, 23.179, 26.485, los Decretos N°395/75, 252/9, el Decreto de Necesidad y Urgencia 8/2023, y el Decreto 8/2024, Resolución ANMAC N°157/22 y

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 27.192 fue creada la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMAC) como un organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN, asignándole la función de la aplicación, control y fiscalización del Decreto Ley de Armas y Explosivos N° 20.429, sus normas reglamentarias, complementarias, modificatorias, Ley N° 25.938, Ley N° 26.216 y demás normativa de aplicación.

Que, con posterioridad a través del Decreto N°8/2024 se formalizó el traspaso de la ANMAC a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN.

Que, en cumplimiento del artículo 5° inc. 10 de la Ley N° 27.192, es función de la ANMAC “Establecer sistemas de control ciudadano para las autorizaciones que la Agencia otorgue, contemplando especialmente mecanismos que contribuyan a la prevención de la violencia de género”.

Que, oportunamente la Resolución M.J y D.H N° 373/13 aprobó el “Procedimiento de Participación Ciudadana por Oposición para la Autorización de Tenencia o Portación de Armas de Fuego”, a efectos de que todos los ciudadanos, habitantes de la NACION ARGENTINA y entidades de sociedades que tengan interés, puedan oponerse a esas solicitudes de tenencia o portación de armas de fuego.

Que, dicha Resolución fue derogada por la Resolución ANMaC N° 9/2016, la cual instauró el Sistema de Control Ciudadano para Autorizaciones que otorgue esta Agencia.

Que, la experiencia práctica obtenida ha permitido reconocer la necesidad de establecer modificaciones al procedimiento de participación ciudadana previsto en la normativa vigente, a fin de dotarlo de mayor efectividad, garantizando asimismo la celeridad de las tramitaciones sobre los permisos que otorga la agencia.

Que, en base al relevamiento estadístico interno de los oficios judiciales y/ o notificaciones administrativas recepcionados en la agencia sobre situaciones de violencia de género y familiar suman un promedio de 300 oficios mensuales, resultando significativamente menor a los hechos de violencia que a diario ponen en riesgo la integridad de las personas. Por lo que resulta necesario ampliar los canales de comunicación para dar a conocer por parte de la ciudadanía hechos de violencia de género y familiar que están siendo investigados y garantizar un tratamiento prioritario por parte de la ANMAC.

Que, el artículo 55 del Anexo I al Decreto N° 395/75, reglamentario del Decreto Ley de Armas y Explosivos N° 20.429 determina las condiciones generales para la obtención de la condición de Legítimo Usuario de armas de fuego, que se complementa con las prescripciones emanadas del Decreto N° 252/94 y la Ley N°24.492, entre los cuales se destaca la inexistencia de antecedentes policiales o penales.

Que, resulta una facultad discrecional de esta agencia la suspensión de los permisos otorgados y de dictar las medidas precautorias pertinentes a los efectos de limitar el acceso a armas de fuego, en base a lo establecido en el artículo 141 del Anexo I del Decreto Nº 395/75.

Que dicho artículo faculta el dictado de medidas precautorias para el caso que las condiciones primigenias que oportunamente justificaron el otorgamiento de la condición de legítimo usuario hubieren desaparecido o sufrido modificaciones durante el plazo de vigencia de la misma.

Que, en atención a lo expuesto, resulta pertinente rediseñar el procedimiento de participación ciudadana, a los efectos de asegurar un efectivo canal de comunicación entre la ciudadanía y el Estado.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para adoptar la presente medida, en virtud de lo dispuesto en el Decreto Ley de Armas y Explosivos N° 20.429 y su Decreto Reglamentario N° 395/1975 y el Decreto N° 80/2024.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Suspender lo dispuesto en el artículo 7° de la Resolución ANMaC N° 9/2016.

ARTÍCULO 2°: Establecer que los interesados/as podrán en todo momento poner en conocimiento de esta agencia cuando existieren las causales previstas en el Artículo 3° de la Resolución ANMaC N° 9/2016 y en un todo de acuerdo con los artículos 1, 2, 5, 6 y 9 de la resolución señalada.

ARTÍCULO 3°: Instrúyase a la Coordinación de Planificación Estratégica y Prevención Ciudadana para que en base a experiencia obtenida, elabore en el corto plazo un nuevo procedimiento de participación ciudadana que garantice lo previsto en el artículo 5° Inc 10.de la Ley N°27.192.

ARTÍCULO 4°: La presente entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina

ARTÍCULO 5°: Comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar.

Juan Pablo Allan

e. 22/02/2024 N° 8006/24 v. 22/02/2024

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD - RESOL-2024-115-APN-ENRE#MEC
#tarifas

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302923/1

Se decreta corrección de valores tarifarios de EDENOR S.A. por error material al usar datos de EDESUR S.A. En G1: 112,145→116,023 $/kWh; G2: 119,716→124,648 $/kWh; G3: 117,815→118,877 $/kWh. Notificación a Edenor y asociaciones de consumidores. Firmado por Arrué.

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Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

Visto el Expediente Nº EX-2024-12819067-APN-SD#ENRE, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 11 de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) Nº 102 de fecha 15 de febrero de 2024, se aprobaron los valores tarifarios de aplicación para el sistema de medición auto-administrada de la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.), detallados en el Anexo (IF-2024-15854259-APN-ARYEE#ENRE), a partir de la CERO HORAS (00:00 h) del día su entrada en vigencia.

Que, como consecuencia de un error material, los valores tarifarios de la Tarifa General (G1, G2 y G3) fueron calculados considerando los cargos fijos y variables de las mencionadas subcategorías correspondientes a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.).

Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1.759/72 T.O. 2017 determina que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que, en este, sentido el cargo tarifario de la subcategoría G1 asciende a 116,023 $/kWh, para la subcategoría G2 a 124,648 $/kWh y para la G3 a 118,877 $/kWh.

Que se ha emitido el correspondiente dictamen legal, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 7 inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el ENRE resulta competente y el Señor Interventor se encuentra facultado en virtud de lo dispuesto por los artículos 2, 40 al 49, 56 incisos a), b), d) y s) y 63 incisos a) y g) de la Ley Nº 24.065, en los artículos 4 y 6 del Decreto Nº 55 de fecha 16 de diciembre de 2023, en los artículos 1 y 3 de la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) Nº 1 de fecha 20 de diciembre de 2023 y en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1.759/1972 T.O. 2017.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Reemplazar los valores tarifarios de aplicación para el sistema de medición auto-administrada de la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) que se detallan en el Anexo (IF-2024-15854259-APN-ARYEE#ENRE) aprobados en el artículo 11 de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) Nº 102 de fecha 15 de febrero de 2024, para la subcategoría G1 Cargo Variable para consumos mensuales de 0-800 kWh, de modo que donde dice “112,145” debe decir “116,023”, para la subcategoría G2 Cargo Variable para consumos mensuales de 801-2000 kWh donde dice “119,716” debe decir “124,648” y, para la subcategoría G3 Cargo Variable para consumos mensuales mayores a 2000 kWh, donde dice “117,815” debe decir “118,877”.

ARTÍCULO 2.- Notifíquese a EDENOR S.A. y a las asociaciones de defensa del usuario y/o consumidor registradas.

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Dario Oscar Arrué

e. 22/02/2024 N° 7887/24 v. 22/02/2024

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS - RESOL-2024-23-APN-INDEC#MEC
#designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302924/1

Se decreta la prórroga por 180 días de designaciones transitorias en cargos ejecutivos del INDEC (MINISTERIO DE ECONOMÍA), incluyendo a Griselda MENDIVE (Directora de Asuntos Jurídicos) y Camila BRITO ARTIGAS (Directora de Administración de Recursos Humanos). Se exceptúa del Decreto 426/2022 por razones operativas. Los cargos se detallan en anexos I y II. El gasto se imputa a partidas del INDEC 2023-2024. Firmado por Marco LAVAGNA.

Ver texto original

Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

VISTO el Expediente EX-2024-01286212-APN-DGAYO#INDEC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Decisiones Administrativas Nros. 1436 del 3 de agosto de 2018; 1673 del 9 de octubre de 2018; 1680 y 1686 del 10 de octubre de 2018; 1801 del 14 de noviembre de 2018; 1864 del 7 de diciembre de 2018; 1913, 1914, 1915 y 1916 del 18 de diciembre de 2018; 265 del 9 de abril de 2019; 656 del 1 de agosto de 2019; 612 del 23 de abril de 2020; 657 del 25 de abril de 2020; 985 del 18 de octubre de 2021; 1023 del 26 de octubre de 2021; 170 del 11 de febrero de 2022; 302 del 21 de marzo de 2022; 355 del 31 de marzo de 2022 y 378 del 13 de abril de 2022 se dispusieron las designaciones transitorias de los funcionarios en cargos con función ejecutiva pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, las que fueron prorrogadas en último término mediante las Resoluciones Nros. 45 del 23 de enero de 2023 (RESOL-2023-45-APN-MEC); 457 del 17 de abril de 2023 (RESOL-2023-457-APN-MEC); 558 del 29 de abril de 2023 (RESOL-2023-558-APN-MEC) y 1684 del 4 de diciembre de 2023 (RESOL-2023-1684-APN-MEC) todas del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que a través de la Decisión Administrativa N° 112 del 13 de febrero de 2023 se dispuso la designación transitoria de Griselda Silvina MENDIVE (M.I. N° 21.653.472) en el cargo de Directora de Asuntos Jurídicos dependiente de la Dirección de Gestión del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS y de la Decisión Administrativa N° 114 del 13 de febrero de 2023 se dispuso la designación transitoria de Camila Julieta BRITO ARTIGAS (M.I. N° 38.356.773) en el cargo de Directora de Administración de Recursos Humanos dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos de la Dirección de Gestión del Instituto.

Que mediante el Artículo 3° del Decreto N° 1035 del 8 de noviembre de 2018 se facultó a las/los Ministras/os, Secretarias/os de la Presidencia de la Nación, Secretarias/os de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que, asimismo, mediante el Decreto N° 328 del 31 de marzo de 2020 se autorizó a las/los Ministras/os, Secretarias/os de la Presidencia de la Nación y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar — por un plazo que no exceda los CIENTO OCHENTA (180) días — las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas, con el fin de asegurar el normal desenvolvimiento de las distintas Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública Nacional, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 863 del 29 de diciembre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Que a través de la Decisión Administrativa N° 600 de fecha 15 de junio de 2021, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, y mediante su Artículo 3° se incorporaron, homologaron y derogaron diversos cargos pertenecientes a ese Instituto en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Que razones operativas justifican prorrogar las referidas designaciones transitorias y/o últimas prórrogas, por un nuevo plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 1° del Decreto N° 328/20.

Que en el caso de la prórroga de Griselda Silvina MENDIVE (M.I. N° 21.653.472), se limitó a la fecha de su renuncia oportunamente presentada mediante NO-2024-00638783-APN-DAJ#INDEC.

Que de acuerdo con el trámite de que se trata, se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Resolución N° 53 del 27 de mayo de 2021 de la ex-Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM).

Que las presentes prórrogas de designaciones transitorias quedan exceptuadas de las restricciones establecidas en el Artículo 1° del Decreto N° 426 del 21 de julio de 2022, conforme lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 2° de ese Decreto.

Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Instituto.

Que esta medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el Artículo 3° del Decreto N° 1035 del 8 de noviembre de 2018 y el Decreto N° 99 del 27 de diciembre de 2023.

Por ello,

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Danse por prorrogadas, desde las fechas especificadas en cada caso y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles las designaciones transitorias de las/los funcionarias/os que se detallan en el Anexo I (IF-2024-03946305-APN-DGRRHH#INDEC) que integra esta medida, en los cargos que allí se consignan, pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, conforme en cada caso se indica.

ARTÍCULO 2°.- Dase por prorrogada desde la fecha especificada y hasta la fecha que se indica, la designación transitoria de la funcionaria que se detalla en el Anexo II (IF-2024-03946340-APN-DGRRHH#INDEC) que integra esta medida en el cargo que allí se consigna, perteneciente al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, conforme se indica.

ARTÍCULO 3°.- Las prórrogas dispuestas en esta medida se efectúan en los mismos términos en los que fueran realizadas las respectivas designaciones transitorias y/o prórrogas de designaciones transitorias.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al Servicio Administrativo Financiero 321, INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA, para los Ejercicios 2023 y 2024.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese a la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marco Juan Lavagna

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/02/2024 N° 7767/24 v. 22/02/2024

MINISTERIO DE ECONOMÍA - RESOL-2024-41-APN-MEC

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302925/1

Caputo declara estado de emergencia y/o desastre agropecuario en los departamentos Guaraní, San Pedro, 25 de Mayo, Oberá, San Javier, Cainguás, San Ignacio, Leandro Nicéforo Alem, Libertador Gen. San Martín, Montecarlo, El Dorado, Iguazú y Gen. M. Belgrano de Misiones por daños por tormentas (desde 1°/11/2023 al 29/4/2024). Establece fecha de cierre del ciclo productivo y requisitos de certificación. Bancos y AFIP deben aplicar beneficios. Se decreta. (498 caracteres)

Ver texto original

Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2023-138257630- -APN-DGDAGYP#MEC, la Ley N° 26.509 y sus modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009, el Decreto Provincial N° 2.005 de fecha 2 de noviembre de 2023, el Acta de la reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS de fecha 23 de noviembre de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de MISIONES presentó para su tratamiento el Decreto Provincial N° 2.005 de fecha 2 de noviembre de 2023, en la reunión de fecha 23 de noviembre de 2023 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias.

Que mediante el Artículo 1° del Decreto Provincial Nº 2.005/23 se declaró el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda, en los departamentos de Guaraní, San Pedro, 25 de Mayo, Oberá, San Javier, Cainguás, San Ignacio, Leandro Nicéforo Alem, Libertador General San Martín, Montecarlo, El Dorado, Iguazú, General Manuel Belgrano de la Provincia de MISIONES por las tormentas de granizo, fuertes vientos y las precipitaciones prolongadas.

Que, por su Artículo 2°, se estableció la vigencia de tal declaración desde el 1° de noviembre de 2023 por un plazo de CIENTO OCHENTA DÍAS (180) días corridos.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, con el alcance propuesto por la Provincia de MISIONES.

Qué, asimismo, la citada Comisión estableció el día 29 de abril de 2024 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto Reglamentario Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios –t.o. 1992- y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712/09.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias, dase por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1° de noviembre de 2023 y hasta el 29 de abril de 2024, a las explotaciones agropecuarias afectadas por tormentas de granizo, fuertes vientos e intensas precipitaciones, en los departamentos de Guaraní, San Pedro, 25 de Mayo, Oberá, San Javier, Cainguás, San Ignacio, Leandro Nicéforo Alem, Libertador General San Martín, Montecarlo, El Dorado, Iguazú y General Manuel Belgrano de la Provincia de MISIONES.

ARTÍCULO 2º.- Determínase que el 29 de abril de 2024 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas en el Artículo 1º, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

ARTÍCULO 3º.- A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509 y sus modificaciones, conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.

ARTÍCULO 4°.- El Gobierno Provincial remitirá a la SECRETARÍA TÉCNICA EJECUTIVA de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

ARTÍCULO 5°.- Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 6°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Andres Caputo

e. 22/02/2024 N° 7788/24 v. 22/02/2024

MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN - RDGN-2024-118-E-MPD-DGN#MPD

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302926/1

Se decreta ajustar el monto máximo de los procedimientos abreviados de $1.000.000 a $2.500.000, considerando la inflación 2023 (211,40% INDEC) y normas vigentes (LOMPD, Ley 27.149). Firmado por MARTÍNEZ (Defensora General de la Nación).

Ver texto original

Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

VISTO: El EX-2023-00013608-MPD-DGAD#MPD, la “Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa de la Nación Nº 27.149” (en adelante LOMPD), el “Procedimiento Abreviado” aprobado por RDGN-2023-272-E-MPD-DGN#MPD -y sus modificatorias- (en adelante PA) y demás normas aplicables; y

CONSIDERANDO:

I. Que en las presentes actuaciones tramita la adecuación del monto vigente para gestionar los procedimientos de selección del contratista que tramiten bajo las reglas del PA regidos por la RDGN-2023-272-E-MPD-DGN#MPD -y sus modificatorias-.

I.1. El Departamento de Compras y Contrataciones propició, mediante Informe DCyC 24/2024 (IF-2024-00003499-MPD-DGAD#MPD) de fecha 6 de febrero de 2024, el incremento del monto previsto en la RDGN-2023-272-E-MPD-DGN#MPD.

En tal sentido, dio cuenta de que la implementación del PA, tuvo por finalidad contemplar aquellas contrataciones de bajo costo que lleve adelante este Ministerio Público de la Defensa, respecto de las cuales no resultan justificables los plazos de sustanciación contemplados en el Régimen de Compras y Contrataciones aprobado por RDGN-2019-1484-E-MPD-DGN#MPD, siendo previsto un monto máximo de hasta pesos un millón ($ 1.000.000,00.-).

Así las cosas, expresó que “Sin perjuicio de ello, y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la fecha antes mencionada, la depreciación del valor de la moneda y el notorio aumento correlativo de precios en bienes y servicios, a criterio de este Departamento de Compras y Contrataciones resulta pertinente la revisión de dicho monto y su adecuación a las actuales condiciones económicas, teniendo en miras para ello que su actualización contribuirá a dotar de mayor eficacia a dicho procedimiento, incentivando de esa forma la concurrencia y la obtención de mejores ofertas.// En ese sentido se hace saber que según los índices publicados por el Instituto de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC), el índice acumulado de inflación para el año 2023 ha sido del 211,40%”.

Finalmente, propició elevar la suma establecida para los procedimientos abreviados de pesos un millón ($ 1.000.000,00.-) a la suma de pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000,00.-).

II. A su turno, la Oficina de Administración General y Financiera señaló que no tenía objeciones que formular en torno a lo propiciado por el Departamento de Compras y Contrataciones (IF-2024-00003600- MPD-SGAF#MPD).

III. La Asesoría Jurídica de esta Defensoría General de la Nación ha tomado la intervención de su competencia, y luego de efectuar un relevamiento de la normativa vigente y los fundamentos expuestos por los órganos competentes, sostuvo que “…no se configuran objeciones desde el punto de vista legal para proceder a la modificación del monto previsto en el artículo 1 de la Resolución RDGN-2023-272-E-MPD-DGN#MPD, y su Anexo, en los términos propiciados”.

IV. Alcanzado este punto, a fin de efectuar el pertinente análisis, corresponde detallar las disposiciones de la “Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa de la Nación Nº 27.149” que resultan aplicables. Así las cosas, el artículo 3 establece que “El Ministerio Público de la Defensa cuenta con autarquía financiera de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la Constitución Nacional. En orden a ello, tendrá crédito presupuestario propio, el que será atendido con cargo al Tesoro nacional y con recursos propios”.

Asimismo, el artículo 63 dispone que “El Defensor General de la Nación tiene a su cargo el gobierno y la administración general y financiera del Ministerio Público de la Defensa, de acuerdo con lo establecido en la presente ley y en las reglamentaciones que se dicten a tal efecto”; mientras que el artículo 64 expresa que “A fin de asegurar su autarquía financiera, el Ministerio Público de la Defensa cuenta con un presupuesto de recursos y gastos atendido con cargo al Tesoro nacional, y con recursos propios”.

Por su parte, el artículo 35 regula los deberes y funciones de la Máxima Autoridad de este Ministerio. Entre ellas, y para lo que aquí interesa, se prevé la de “Garantizar el cumplimiento de la misión institucional del Ministerio Público de la Defensa instando todas las acciones para la remoción de obstáculos en el acceso a la justicia y el aseguramiento del derecho de defensa” -conforme inciso a)- y también le otorga la potestad de “Organizar y reglamentar el Organigrama General de la Defensoría General de la Nación, estableciendo las misiones y funciones de sus diversas áreas” -conforme inciso r)-.

Por otra parte, en su inciso s) prevé la de “Disponer el gasto del organismo de acuerdo con el presupuesto asignado al Ministerio Público de la Defensa, pudiendo delegar esta atribución en el funcionario que designe y en la cuantía que estime conveniente”.

Para finalizar, es dable recordar que el artículo 68 prescribe que “En la administración y ejecución financiera del presupuesto asignado se observarán las previsiones de las normas de administración financiera del Estado, con las atribuciones y excepciones conferidas por los artículos 9°, 34 y 117 de la ley 24.156”, mientras que el tercer párrafo del artículo 67 faculta a la Máxima Autoridad de este Ministerio Público de la Defensa a “…disponer las reestructuraciones y compensaciones que considere necesarias…”.

V. Sobre la base de las consideraciones vertidas por el Departamento de Compras y Contrataciones y la Oficina de Administración General y Financiera, y toda vez que el órgano de asesoramiento jurídico no formuló objeciones desde la perspectiva legal, corresponde -con sustento en las normas invocadas en el presente considerando- aprobar un nuevo monto para gestionar los procedimientos abreviados que se rigen por la RDGN-2023-272-E-MPD-DGN#MPD y su modificatoria.

Por ello, en virtud de lo normado por el artículo 35 de la Ley Nº 27.149, en mi carácter de Defensora General de la Nación;

RESUELVO:

I. APROBAR la modificación del monto máximo de los procedimientos abreviados reglamentados por la RDGN-2023-272-E-MPD-DGN#MPD -y modificatoria-, por el monto de pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000,00.-).

II. DISPONER que la presente modificación regirá a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Protocolícese, hágase saber a la Oficina de Administración General y Financiera, como así también a las áreas correspondientes, y publíquese en la página web del organismo y en el Boletín Oficial de la República Argentina por el término de un (1) día.

Oportunamente, archívese.

Stella Maris Martinez

e. 22/02/2024 N° 8047/24 v. 22/02/2024

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL - RESOL-2024-5-APN-CNEPYSMVYM#MT
#laboral

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302927/1

Se decreta la corrección de una fecha en la Resolución RESOL-2024-4/2024 del CONSEJO NACIONAL DE EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL. El Artículo 1° inciso b) pasa a establecer el 1° de marzo de 2024 como fecha de aplicación. Firmantes: Yasin (Presidente Alterno del Consejo). Intervino la Dirección de Dictámenes y Recursos dependiente del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO (Lic. Pettovelle). Se comunica y publica.

Ver texto original

Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-11591150- -APN-DGD#MT, y la Resolución N° RESOL-2024-4-APN-CNEPYSMVYM#MT del CONSEJO NACIONAL DE EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL de fecha 20 de febrero de 2024 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° RESOL-2024-4-APN-CNEPYSMVYM#MT del CONSEJO NACIONAL DE EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, se fijó para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (T.O. 1976) y sus modificatorias, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúe como empleador, un Salario Mínimo, Vital y Móvil, excluidas las asignaciones familiares y de conformidad con lo normado por el Artículo 140 de la Ley N° 24.013 y modificatorias.

Que se advierte que se ha incurrido en un error material involuntario en la fecha consignada en el Artículo 1° inciso b de la referida Resolución.

Que en el citado artículo e inciso deberá consignarse como fecha el “1° de marzo de 2024”.

Que en función de lo expuesto corresponde proceder a la rectificación del acto administrativo referido, en los términos del artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 2017), reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

Que la Dirección de Dictámenes y Recursos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, tomó la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 101 del Decreto N° 1759/1972 (T.O. 2017) Reglamentario de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y el Artículo 4 de la Resolución N° RESOL-2024-27-APN-MCH del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO de fecha 6 de febrero de 2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE ALTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Rectifíquese el inciso b) del Artículo 1° de la Resolución N° RESOL-2024-4-APN-CNEPYSMVYM#MT del CONSEJO NACIONAL DE EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“b.- A partir del 1° de marzo de 2024, en PESOS DOSCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS ($202.800.-) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción; y de PESOS UN MIL CATORCE ($ 1.014,00.-) por hora, para los trabajadores jornalizados.”

ARTICULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Omar Nills Yasin

e. 22/02/2024 N° 8133/24 v. 22/02/2024

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - RESOL-2024-186-APN-PRES#SENASA
#designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302928/1

Se decreta la prórroga por 6 meses de funciones transitorias para Mónica PORTILLO (Coordinadora de Desarrollo) y Abel BERTUCCI (Coordinador de Capacitación) en el SENASA. Se establece plazo de 180 días hábiles para cubrir cargos mediante concursos, con fondos presupuestarios asignados. Firmado por Pablo CORTÉSE, Presidente del SENASA. Incluye anexo con detalles.

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Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-12920261- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N° 27.701; el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DNU-2023-70-APN-PTE del 20 de diciembre de 2023; los Decretos Nros. DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DECTO-2023-88-APN-PTE del 26 de diciembre de 2023; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DA-2024-5-APN-JGM del 11 de enero de 2024; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del referido Servicio Nacional; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019, RESOL-2022-342-APN-PRES#SENASA del 7 de junio de 2022, RESOL-2023-614-APN-PRES#SENASA del 14 de julio de 2023 y RESOL-2023-634-APN-PRES#SENASA del 17 de julio de 2023, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° RESOL-2023-614-APN-PRES#SENASA del 14 de julio de 2023 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se dan por asignadas transitoriamente, desde el 7 de junio de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones de Coordinadora de Desarrollo y Carrera del Personal de la Coordinación General de Recursos Humanos y Administración de Personal de la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del mentado Servicio Nacional, a la Abogada Da. Mónica Cristina PORTILLO (M.I. N° 20.618.668).

Que a través de la Resolución N° RESOL-2023-634-APN-PRES#SENASA del 17 de julio de 2023 del citado Servicio Nacional se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 7 de junio de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados desde la firma de la medida, las funciones de Coordinador de Capacitación de la Coordinación General de Recursos Humanos y Administración de Personal de la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del mencionado Servicio Nacional, al Licenciado en Sociología D. Abel Sergio BERTUCCI (M.I. N° 13.527.697).

Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DNU-2023-70-APN-PTE del 20 de diciembre de 2023 se declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025.

Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.

Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del aludido Servicio Nacional se aprueba la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo del Organismo.

Que a través de la Resolución N° RESOL-2022-342-APN-PRES#SENASA del 7 de junio de 2022 del referido Servicio Nacional se modifica la estructura organizativa de segundo nivel operativo aprobada por la citada Resolución N° 520/19.

Que, en este contexto de emergencia pública y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a los agentes detallados en el Anexo (IF-2024-13341081-APN-DRRHH#SENASA), que forma parte integrante de la presente resolución.

Que, conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en sus Notas Nros. NO-2020-33433122-APN-ONEP#JGM y NO-2024-02961280-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N° 1.035/18, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.

Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se propicia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso h), del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y en el Artículo 5° del Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones correspondiente a los cargos de titulares de las unidades organizativas de la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, que se detallan en el Anexo (IF-2024-13341081-APN-DRRHH#SENASA), que forma parte integrante de la presente resolución, conforme los actos administrativos que fueran suscriptos oportunamente por la autoridad competente, según detalle, a los agentes que revistan en el Agrupamiento, Categoría, Grado y Tramo del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, que en cada caso se establece, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.

ARTÍCULO 2°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, para el ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Pablo Cortese

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/02/2024 N° 7888/24 v. 22/02/2024

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - Resolución Sintetizada 173/2024
#designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302929/1

Se prorroga por 6 meses a partir del 13/02/2024 la asignación transitoria del Lic. Martín Héctor TUBIO como Coordinador General Financiero del SENASA, autorizándose pago por Función Directiva IV. El cargo debe cubrirse en 180 días hábiles mediante selección conforme Resolución RESFC-2022-2. Gastos imputan a presupuesto del organismo. Firmantes: CORTESE (Director SENASA) y LASSAGA (Coordinación General).

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EX-2024-13749561- -APN-DGTYA#SENASA - RESOLUCIÓN N° RESOL-2024-173-APN-PRES#SENASA DE FECHA 20 DE FEBRERO DE 2024

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 13 de febrero de 2024 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador General Financiero de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Licenciado en Comercialización D. Martín Héctor TUBIO (M.I. N° 25.380.368), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-134-APN-MAGYP del 12 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-920-APNPRES#SENASA del 23 de diciembre de 2020, RESOL-2021-397-APN-PRES#SENASA del 22 de julio de 2021, RESOL-2022-67-APN-PRES#SENASA del 1 de febrero de 2022, RESOL-2022-484-APN-PRES#SENASA del 2 de agosto de 2022, RESOL-2023-106-APN-PRES#SENASA del 6 de febrero de 2023 y RESOL-2023-725-APN-PRES#SENASA del 12 de agosto de 2023, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 3, Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FIRMA: Pablo Luis CORTESE - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Daniela Silvana Lassaga, Coordinación General, Dirección General Técnica y Administrativa.

e. 22/02/2024 N° 7718/24 v. 22/02/2024

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - Resolución Sintetizada 179/2024
#designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302930/1

Se decreta la prórroga por 180 días de la designación transitoria de Stephanie Alexandra WISEMAN como Coordinadora Administrativa de Delegación Regional Patagonia Sur, con cargo al presupuesto del SENASA. El cargo debe cubrirse mediante el sistema de selección previsto en Resolución Conjunta RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA dentro de 180 días hábiles. Firmantes: Cortese (SENASA) y Lassaga (Coordinadora General).

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EX-2024-12959928- -APN-DGTYA#SENASA - RESOLUCIÓN N° RESOL-2024-179-APN-PRES#SENASA DE FECHA 20 DE FEBRERO DE 2024

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 19 de enero de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Coordinadora Administrativa de Delegación Regional Patagonia Sur de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Técnica en Administración Pública Da. Stephanie Alexandra WISEMAN (M.I. N° 34.230.139), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD-2023-342-APN-JGM del 25 de abril de 2023, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Técnico, Grado 16, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FIRMA: Pablo Luis CORTESE - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Daniela Silvana Lassaga, Coordinadora General, Dirección General Técnica y Administrativa.

e. 22/02/2024 N° 7896/24 v. 22/02/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA CLORINDA - DI-2024-24-E-AFIP-ADCLOR#SDGOAI
#subasta

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302931/1

Melgarejo aprueba mediante subasta electrónica la venta de lotes detallados en anexo, autorizando a compradores a retirar mercaderías tras abonar saldos e impuestos, según cláusulas con el Banco Ciudad. Se registra y notifica a áreas correspondientes. Firmante: Melgarejo.

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Clorinda, Formosa, 19/02/2024

VISTO la Disposición DI-2024-15-E-AFIP-ADCLOR#SDGOAI y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Disposición del Visto, se autorizó la venta de las mercaderías a través del mecanismo de subasta electrónica por intermedio del Banco Ciudad de Buenos Aires.

Que, dicho acto se llevó a cabo el día 15/02/2024 bajo la modalidad electrónica, a través de la página web del Banco ciudad de Buenos Aires mediante SUBASTA Nº 3.183

Que, dicha subasta fue realizada por el Banco Ciudad de Buenos Aires, por cuenta, orden y en nombre de la Administración Federal de Ingresos Públicos, con base y resultados sujeto a la aprobación de la misma.

Que, el Banco informa que se han vendido los lotes detallados en el Anexo IF-2024-00393101-AFIP-OMSRADCLOR#SDGOAI.

Que en virtud de las facultades conferidas por la Ley 22415 y el Decreto Nº 618/97 (AFIP).

Por ello,

LA JEFA (I) DE LA SEC. INSP. OPERATIVA A/C DE LA ADUANA DE CLORINDA

DISPONE:

ARTICULO 1° APROBAR la venta de los Lotes detallados en el Anexo IF-2024-00393101-AFIP-OMSRADCLOR#SDGOAI que forman parte integrante del presente acto, comercializados en subasta electrónica Nº3.183

ARTICULO 2° AUTORIZAR a los respectivos compradores al retiro de las mercaderías subastadas, a su cuenta y cargo, luego que los mismos hayan abonado la totalidad de saldos pendientes y los impuestos correspondientes en su caso. Todo de conformidad a las cláusulas del convenio y las generales de venta suscripta con el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES.

ARTICULO 3° Regístrese y comuníquese a la División de Secuestros y Rezagos para la continuación del trámite. Dese intervención a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido. archívese.

Debora Mariel Melgarejo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/02/2024 N° 7734/24 v. 22/02/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA FORMOSA - DI-2024-15-E-AFIP-ADFORM#SDGOAI
#subasta

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302932/1

Se decreta la aprobación de la venta de lotes detallados en un anexo, mediante subasta electrónica Nº 3183 realizada por el Banco Ciudad de Buenos Aires. Autorízase al comprador a retirar mercaderías una vez cancelados saldos e impuestos, conforme al convenio con el banco. Se registra y notifica a la División de Secuestros y Rezagos, y al Registro Oficial. Firmado por Martinez.

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Formosa, Formosa, 20/02/2024

VISTO la Disposición DI-2024-8-E-AFIP-ADFORM#SDGOAI, y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Disposición del Visto, se autorizó la venta de las mercaderías a través del mecanismo de subasta electrónica por intermedio del Banco Ciudad de Buenos Aires.

Que, dicho acto se llevó a cabo el día 15/02/2024 bajo la modalidad electrónica, a través de la página web del Banco Ciudad de Buenos Aires mediante SUBASTA Nº 3183.

Que, dicha subasta fue realizada por el Banco Ciudad de Buenos Aires, por cuenta, orden y en nombre de la Administración Federal de Ingresos Públicos, con base y resultados sujeto a la aprobación de la misma.

Que, el Banco informa que se han vendido los lotes detallados en el Anexo IF-2024-00396918-AFIP-ADFORM#SDGOAI.

Que en virtud de las facultades conferidas por la Ley 22415 y el Decreto Nº 618/97 (AFIP).

Por ello,

EL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA FORMOSA

DISPONE:

ARTICULO 1: APROBAR la venta de los Lotes detallados en el Anexo IF-2024-00396918-AFIP-ADFORM#SDGOAI, que forman parte integrante del presente acto, comercializados en subasta electrónica Nº 3183.

ARTICULO 2: AUTORIZAR al comprador al retiro de las mercaderías subastadas, a su cuenta y cargo, luego que el mismo haya abonado los saldos pendientes y los impuestos correspondientes en su caso. Todo de conformidad a las cláusulas del convenio y las generales de venta suscripta con el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES.

ARTICULO 3.- Regístrese y comuníquese a la División de Secuestros y Rezagos para la continuación del trámite. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese.

Adolfo Alejandro Porfirio Martinez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/02/2024 N° 7728/24 v. 22/02/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN REGIONAL OESTE - DI-2024-8-AFIP-DIROES#SDGOPIM
#designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302933/1

Se decreta modificación del Régimen de Reemplazos para jefaturas de las Divisones Fiscalización N°1 a 4 de la Dirección Regional Oeste (AFIP-DGI). Designación de Monika Patricia Vera como 1° reemplazo en la División 1 y otros reemplazos según cuadro incluido. Se derogan disposiciones de 2022 y 2023. Firmado por Quintas.

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Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

VISTO razones operativas y,

CONSIDERANDO:

Que por las mismas, se gestiona modificar el Régimen de Reemplazos para casos de ausencia o impedimentos de las jefaturas de la Fiscalización N° 1, 2, 3 y 4 de la Dirección Regional Oeste - AFIP - DGI.

Que de acuerdo con las facultades conferidas por la Disposición DI-2018-7-E- AFIP-AFIP del 5 de enero de 2.018, y a las atribuciones otorgadas por la Disposición DI-2023-300-E- AFIP-AFIP del 29 de diciembre de 2.023, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL OESTE DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTICULO N° 1.- Modificar el Régimen de Reemplazos para los casos de ausencia o impedimento de las jefaturas de las Divisiones Fiscalización N° 1, 2, 3 y 4 dependientes de esta Dirección Regional Oeste – AFIP- DGI, los que quedarán establecidos de la siguiente forma:

UNIDAD DE ESTRUCTURAREEMPLAZANTE (En el orden que se indica)
DIVISIÓN FISCALIZACIÓN N° 1 (DI ROES)1° Reemplazo: C.P MONICA PATRICIA VERA, CUIL: 27-21888869-6,
Legajo N°: 036.002/13 (*)
2° Reemplazo: Supervisor Equipo 1 F (DI ROES) (*)
DIVISIÓN FISCALIZACIÓN N° 2 (DI ROES)1° Reemplazo: Supervisor Equipo 2 D (DI ROES) (*)
2° Reemplazo: Supervisor Equipo 2 E (DI ROES) (*)
DIVISIÓN FISCALIZACIÓN N° 3 (DI ROES)1° Reemplazo: Supervisor Equipo 3 D (DI ROES) (*)
2° Reemplazo: Supervisor Equipo 3 A (DI ROES) (*)
DIVISIÓN FISCALIZACIÓN N° 4 (DI ROES)1° Reemplazo: Supervisor Equipo 4 E (DI ROES) (*)
2° Reemplazo: Supervisor Equipo 4 B (DI ROES) (*)

(*) Corresponde al ejercicio de Juez Administrativo.

ARTICULO N° 2.- Déjase sin efecto la Disposición DI-2022-5-E-AFIP-AFIP#SDGOPIM del 21 de enero de 2.022 y la Disposición DI-2023-71-E-AFIP-AFIP#SDGOPIM del 7 de junio de 2.023 y toda aquella Disposición, que nombrara reemplazos en las unidades de estructura aludidas en el artículo precedente.

ARTICULO N° 3.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, notifíquese, regístrese y archívese.

Diego Fernando Quintas

e. 22/02/2024 N° 7750/24 v. 22/02/2024

MINISTERIO DEL INTERIOR SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA - DI-2024-5-APN-SSGA#MI
#renuncia

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302934/1

Firma: Bianco. Se decreta aceptación de renuncias de ROITMAN (Dir. Calidad Turística), LARA (Dir. Deporte Comunitario), ARUGUETE (Dir. Contenidos), GORDOA (Dir. Género), ESPINA (Dir. Consejo Federal), LEROSE (Dir. Préstamos), ANTONIUCCI (Dir. Agencias Viajes) y CARRASCO QUINTANA (Dir. Desarrollo Deportivo). Se anexa tabla con fechas. Modifica estructura orgánica del MINISTERIO DEL INTERIOR conforme Ley 22.520 y decretos modificatorios.

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Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2024

VISTO los Expedientes Nros. EX-2023-148966655- -APN-DDE#MTYD, EX-2024-02483318- -APN-DDE#MTYD, EX-2024-02485832- -APN-DDE#MTYD, EX-2024-02488870- -APN-DDE#MTYD, EX-2024-02491973- -APN-DDE#MTYD, EX-2024-10197373- -APN-DDE#MTYD, EX-2024-10261451- -APN-DDE#MTYD y EX-2024-10264287- -APN-DDE#MTYD, las Decisiones Administrativas Nros. 530 de fecha 18 de abril de 2020, 584 de fecha 21 de abril de 2020, 585 de fecha 21 de abril de 2020, 1912 de fecha 21 de octubre de 2020, 1919 de fecha 22 de octubre de 2020, 824 de fecha 17 de agosto de 2021, 52 de fecha 24 de enero de 2022, 615 de fecha 21 de junio de 2022, las Resoluciones Nros. 349 de fecha 10 de agosto de 2023, 419 de fecha 22 de setiembre de 2023 y 474 de fecha 31 de octubre de 2023 del entonces MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que por Decisión Administrativa N° 530/20, se designó al Ingeniero Hernán ROITMAN en el cargo de Director Nacional de Calidad e Innovación Turística del entonces MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, prorrogada en último término mediante Resolución N° 474/23 del entonces MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Que por Decisión Administrativa N° 584/20, se designó al señor Juan Ignacio LARA, en el cargo de Dirección Nacional de Deporte Comunitario de la entonces SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y COMPETENCIAS NACIONALES de la entonces SECRETARÍA DE DEPORTES, prorrogada en último término mediante Resolución N° 419/23 del entonces MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Que por Decisión Administrativa N° 585/20, se designó a la Licenciada Sofía ARUGUETE en el cargo de Directora de Contenidos de la Dirección Nacional de Comunicación Turística de la entonces UNIDAD GABINETE DE ASESORES, prorrogada en último término mediante Resolución N° 474/23 del entonces MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Que por Decisión Administrativa N° 1912/20, se designó a la Licenciada Guillermina GORDOA en el cargo de Directora Nacional de Políticas de Género en el Deporte de la entonces SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA de la entonces SECRETARÍA DE DEPORTES, prorrogada en último término mediante Resolución N° 419/23 del entonces MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Que por Decisión Administrativa N° 1919/20, se designó al Licenciado Javier Roberto ESPINA en el cargo de Director del Consejo Federal de Turismo de la entonces SECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, prorrogado en último término mediante Resolución N° 349/23 del entonces MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Que por Decisión Administrativa N° 824/21, se designó a la Abogada María Regina LEROSE en el cargo de Directora de Ejecución de Préstamos Internacionales de la entonces SUBSECRETARÍA de GESTIÓN ADMINISTRATIVA prorrogada en último término mediante Resolución N° 419/23 del entonces MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Que por Decisión Administrativa N° 52/22, se designó al Abogado Martín Alejandro ANTONIUCCI en el cargo de Director Nacional de Agencias de Viajes de la entonces SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TURÍSTICO prorrogada en último término mediante Resolución N° 349/23 del entonces MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Que por Decisión Administrativa N° 615/22, se designó al Doctor Conrado Marcelo CARRASCO QUINTANA en el cargo de Director de Desarrollo Deportivo, Deporte Federado y Representación Nacional de la entonces SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA de la entonces SECRETARÍA DE DEPORTES, prorrogada en último término mediante Resolución N° 419/23 del entonces MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Que los funcionarios mencionados precedentemente presentaron sus renuncias a sus respectivos cargos a partir de las fechas especificadas en el anexo a la presente medida.

Que por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, se procedió a readecuar la organización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL, estableciendo las nuevas competencias del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que a través del Decreto N° 33/24, modificatorio del Decreto N° 50/19, se aprobó el actual Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre las que se encuentra la SUBSECRETARÍA DE TURISMO de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la Dirección de Servicios Informáticos, la Dirección de Contabilidad y Finanzas y la Dirección de Compras, Patrimonio y Suministros, dependientes de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARÍA TURISMO, han tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección de Sumarios, de la SUBSECRETARÍA TURISMO, han intervenido en los ámbitos de sus respectivas competencias.

Que en consecuencia, resulta procedente la aceptación de las renuncias presentadas.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las competencias atribuidas por los Decretos Nros. 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 108 de fecha 31 de enero de 2024, y la Resolución N° 31 de fecha 8 de febrero de 2024 del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir de las fechas que se detallan en el Informe N° IF-2024-13553676-APN-DGRRHH#MTYD, que como Anexo forma parte integrante de la presente medida, las renuncias presentadas por los funcionarios del entonces MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, en los cargos que allí se consignan.

ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Fabio Marcelo Bianco

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/02/2024 N° 7930/24 v. 22/02/2024

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - Acordada 3/2024

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302935/1

Firman: Rosatti, Maqueda, Rosenkrantz, Lorenzetti y Font. Se decreta la aprobación de la nómina con 86 abogados, 38 médicos, 157 psicólogos y 114 trabajadores sociales para cargos en la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte. La lista rige por 4 años y se adjunta en anexo. La designación se basa en evaluaciones de experiencia y aptitudes según el art. 16 de la Constitución Nacional.

Ver texto original

Ciudad de Buenos Aires, 19/02/2024

Los Señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

I) Que por Resolución n°447/2023 se dispuso, en lo pertinente, una convocatoria a un nuevo registro de aspirantes a ingresar como profesionales de la Oficina de Violencia Doméstica, dirigida a las y los profesionales de la abogacía, medicina, psicología y trabajo social.

II) Que la Secretaria Letrada a cargo de la Oficina de Violencia Doméstica junto a una comisión interdisciplinaria designada a tal fin (conf. Res. 447/2023 CSJN) y en articulación con el Grupo de Trabajo (conf. Ac. 35/2022 CSJN), procedieron a examinar las 4881 presentaciones efectuadas.

En esa instancia, se llevó a cabo en primer lugar la evaluación de los antecedentes presentados por las y los postulantes según las directivas establecidas en la convocatoria. En este sentido, resultaba relevante la experiencia acreditada en el ejercicio profesional vinculado con la atención de situaciones de violencia doméstica y trata con fines de explotación sexual y/o explotación de la prostitución, en el ámbito de instituciones u organismos públicos o en instituciones privadas de reconocida trayectoria y reputación; como así también, la experiencia adquirida en fueros, reparticiones y/o dependencias del Poder Judicial de la Nación y, en aquellas en las que se atiendan cuestiones de la problemática indicada o se preste asistencia a las personas involucradas en ellas.

Concluida esa etapa preliminar de preselección, de inexcusable cumplimiento frente a la cantidad de aspirantes inscriptos, el cuerpo designado llevó a cabo una etapa escrita mediante el planteo de ejercicios de trabajo para permitir una fundada evaluación de las aptitudes profesionales para el cumplimiento de las funciones que corresponden a los cargos a cubrir. Todo lo cual se destaca en el acta de constancia elevada por la Secretaria Letrada a cargo de la Oficina de Violencia Doméstica.

Sobre la base de las calificaciones asignadas para cada una de las condiciones predeterminadas, la Secretaria Letrada remitió la nómina de aspirantes elaborada junto al cuerpo interdisciplinario evaluador, y que resultó conformada por 86 abogadas/os, 38 médicas/os, 157 psicólogas/os y 114 trabajadoras/es sociales, para acceder a los cargos que eventualmente se asignen para integrar los equipos de trabajo interdisciplinario de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

III) Que, como se viene realizando desde la primera integración de los equipos de trabajo interdisciplinario de la Oficina de Violencia Doméstica, las designaciones para cubrir las vacantes y nuevos cargos que eventualmente se asignen para desempeñarse en dichos equipos, en los turnos que sean requeridos, se efectuarán únicamente mediante una selección de las/os aspirantes que integran la referida nómina. De esta forma, compatibilizando la capacidad demostrada por las/os elegidas/os con las profesiones exigidas y las necesidades de la Oficina, además de las aptitudes y características que puedan observarse en las entrevistas personales que se realizarán previo a la designación final. Todo ello, dirigido a preservar el recaudo de idoneidad previsto en el art. 16 de la Constitución Nacional y bajo la coordinación de la responsable de la Oficina de Violencia Doméstica.

IV) Que, finalmente, cabe poner de resalto el interés puesto de manifiesto por todos los profesionales que, ante la convocatoria formulada, se postularon para ser incorporados a esta oficina.

Por ello,

ACORDARON:

1) Aprobar la nómina que figura en el Anexo de la presente como la lista de aspirantes a ingresar en los cargos que de acuerdo a las necesidades de la dependencia se asignen para integrar los equipos interdisciplinarios de la Oficina de Violencia Doméstica.

2) Disponer que la nómina indicada en el punto anterior tendrá un plazo de vigencia de cuatro años desde el dictado de la presente.

3) Poner de manifiesto la complacencia del Tribunal frente a las personas inscriptas en la convocatoria, con arreglo en lo señalado en el considerando IV.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, se publique en el Boletín Oficial, en la página web del Tribunal y en el Centro de Información Judicial y se registre en el libro correspondiente; de lo que doy fe.

Horacio Daniel Rosatti - Juan Carlos Maqueda - Carlos Fernando Rosenkrantz - Ricardo Luis Lorenzetti - Damian Ignacio Font

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Acordada se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/02/2024 N° 7782/24 v. 22/02/2024

BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA -
#tarifas

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302936/1

Se decreta tasas diferenciadas para préstamos: Micro/Pequeña/Mediana Empresa (BADLAR +5 p.p.) y demás entidades (BADLAR +10 p.p.). Para Usuarios A (hasta 93% TNA a 30 días), B (95-113,5% TNA según plazo), C (95-113,5% TNA) y D (120% TNA hasta 270 días). Datos tabulados sobre tasas efectivas incluidos. Firma: Alvarez.

Ver texto original

El Banco de la Nación Argentina, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 1° del decreto 13.477/56, hace conocer que los préstamos con caución de certificados de obras se instrumentan por vía de adelantos en cuentas corrientes en los cuales los intereses se “perciben por periodo mensual vencido”. Para Usuarios considerados Micro, Pequeña y Mediana Empresa, “Determinación de la Condición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa”, corresponderá aplicar, desde el 15/03/2021, la tasa BADLAR correspondiente a 5 días hábiles anteriores al inicio de cada período + 5 ppa. Para Usuarios que NO puedan ser considerados Micro, Pequeña y Mediana Empresa, de acuerdo a lo dispuesto por la “Determinación de la Condición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa”, a partir del 15/03/2021, corresponderá aplicar la Tasa BADLAR correspondiente a 5 días hábiles anteriores al inicio de cada período + 10 ppa.

TASA ACTIVA CARTERA GENERAL (PRESTAMOS)
TASA NOMINAL ANUAL ADELANTADAEFECTIVA ANUAL ADELANTADAEFECTIVA MENSUAL ADELANTADA
FECHA306090120150180
Desde el15/02/2024al16/02/2024117,54111,86106,55101,5896,9292,5570,95%9,661%
Desde el16/02/2024al19/02/2024117,98112,26106,91101,9097,2192,8271,09%9,697%
Desde el19/02/2024al20/02/2024118,53112,75107,35102,3097,5793,1471,26%9,742%
Desde el20/02/2024al21/02/2024116,99111,37106,10101,1796,5692,2270,77%9,616%
Desde el21/02/2024al22/02/2024117,30111,65106,36101,4096,7692,4170,87%9,641%
TASA NOMINAL ANUAL VENCIDAEFECTIVA ANUAL VENCIDAEFECTIVA MENSUAL VENCIDA
Desde el15/02/2024al16/02/2024130,12137,07144,52152,51161,08170,27244,23%10,694%
Desde el16/02/2024al19/02/2024130,65137,66145,18153,24161,88171,16245,89%10,738%
Desde el19/02/2024al20/02/2024131,32138,40146,00154,14162,89172,28247,99%10,793%
Desde el20/02/2024al21/02/2024129,45136,33143,70151,60160,07169,16242,15%10,639%
Desde el21/02/2024al22/02/2024129,82136,74144,16152,11160,64169,79243,32%10,670%

Asimismo, las tasas de interés vigentes en las operaciones de descuento en gral son: (a partir del 08/02/24) para: 1) Usuarios tipo “A”: MiPyMEs con cumplimiento de las “CONSIDERACIONES SOBRE EL REGIMEN DE INVERSION PRODUCTIVA MIPYME DEL BCRA”.: Se percibirá una Tasa de Interés hasta 30 días del 93%, hasta 60 días del 94,00% TNA, Hasta 90 días del 101% TNA, de 91 a 180 días del 105,50% TNA, de 181 días a 270 días del 109,50% TNA y de 181 a 360 días - SGR- del 107% TNA. 2) Usuarios tipo “B”: MiPyMEs sin cumplimiento de las “CONSIDERACIONES SOBRE EL REGIMEN DE INVERSION PRODUCTIVA MIPYME DEL BCRA”: Se percibirá una Tasa de Interés hasta 30 días del 95%, hasta 60 días del 96% TNA, hasta 90 días del 105% TNA, de 91 a 180 días del 111,50% TNA, de 181 a 270 días del 113,50%TNA. 3) Usuarios tipo “C”: Grandes Empresas. Se percibirá una Tasa de Interés hasta 30 días del 95% TNA, hasta 60 días del 96% TNA, Hasta 90 días del 105% TNA, de 91 a 180 días del 111,50% TNA y de 181 a 270 días del 113,50% TNA. 4) Usuarios tipo “D”: Condiciones Especiales Com “A” 7930 - Productores Sojeros: Se percibirá una Tasa de interés hasta 270 días: 120% TNA

Los niveles vigentes de estas tasas pueden consultarse en la página www.bna.com.ar

Beatriz S. Alvarez, a/c Subgerente Departamental

e. 22/02/2024 N° 7965/24 v. 22/02/2024

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - Comunicación “B” 12748/2024
#tarifas

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302937/1

El Banco Central comunica la tasa de interés para operaciones con tarjetas de crédito conforme a la Circular OPRAC 1-896, aplicable a marzo 2024. Firmantes: Zen (Jefa de Administración y Difusión de Series Estadísticas) y Paz (Gerenta de Estadísticas Monetarias). Incluye datos tabulados en el archivo proporcionado y anexos en el Boletín Oficial.

Ver texto original

20/02/2024

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA

Ref.: Circular OPRAC 1 - 896 - Tasas de interés en las operaciones de crédito. Límites a las tasas de interés por financiaciones vinculadas a tarjetas de crédito.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles, en Anexo, el valor de la tasa de interés del sistema financiero para operaciones de préstamos personales sin garantía real que se menciona en el punto 2.1.2. de la sección 2 de las normas sobre “Tasas de interés en las operaciones de crédito”, correspondiente a la información de febrero de 2024 y aplicable para las operaciones del ciclo de facturación de marzo 2024.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

María Eugenia Zen, Jefa de Administración y Difusión de Series Estadísticas - Adriana Paz, Gerenta de Estadísticas Monetarias.

Toda la información disponible puede ser consultada accediendo a:

www.bcra.gob.ar / Estadísticas / Monetarias y Financieras / Tasas de interés y montos operados / Tasas de interés y coeficientes de ajuste establecidos por el BCRA

Archivo de datos:

http://www.bcra.gob.ar/Pdfs/PublicacionesEstadisticas/tasser.xls, Hoja “Tarjetas”.

ANEXO

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Comunicación “B” se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/02/2024 N° 7760/24 v. 22/02/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA GUALEGUAYCHÚ -
#multa #edicto

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302938/1

Se convoca a DURAÑONA, COSTARELLI, ZACARIAS, AGUILERA y ROLON VALLEJO a evacuar defensa por infracciones a los arts. 977 y 987 de la Ley 22.415, con multas mínimas desde $665.426 hasta $3.578.434 y tributos en USD (tabla incluida). Se establece pago en 10 días hábiles para beneficios, obligatoriedad de patrocinio letrado, constitución de domicilio aduanero y acreditación de personería. Firma: Falcon.

Ver texto original

Se convoca a las siguientes personas para que evacuen su defensa y ofrezcan las pruebas conducentes de acuerdo a lo previsto en el art. 1101 y cc de la Ley 22.415, bajo apercibimiento de lo determinado por el art. 1105 del citado texto legal, imputándose las infracciones previstas y penadas en los arts. abajo mencionados de la Ley 22.415, en los siguientes sumarios contenciosos correspondientes a diferentes procedimientos competencia de esta aduana; se ha dictado la CORRIDA DE VISTA, donde se hace saber el pago mínimo de la multa que pudiera corresponder por el hecho que se trata, así mismo se comunica que en caso de allanarse al pago de la multa mínima prevista dentro de los 10 (diez) días hábiles de publicada la presente podrá acogerse a los beneficios de los arts. 930/932 de la Ley 22.415. Se le recuerda que siempre que se planteen o debatan cuestiones jurídicas sera obligatorio el patrocinio letrado – art. 1034 (Ley 22.415) – así mismo en la primera presentación deberá constituir domicilio en el radio urbano de las oficinas de ésta aduana – art 1001 de la Ley 22.415, bajo apercibimiento de quedar constituido en ésta oficina aduanera – art 1004 del mismo texto legal. Se informa que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona, el presentante deberá acreditar personería en los términos de los art 1030, cc de la Ley 22.415.-

DENUNCIAENCARTADOINFRACCIONMULTA MINIMATRIBUTOS
026-SC-258-2023/1DURAÑONA Martin – DNI N° 17.889.484977$ 665.426,00-
026-SC-261-2023/7COSTARELLI José Jesús – DNI N° 12.100.492977$ 3.578.434,50-
026-SC-26-2024/3ZACARIAS Miguel Ángel – DNI N° 12.749.760987$ 793.321,72U$S 3.723,53
026-SC-35-2024/3AGUILERA PABLINA Daiana – DNI N° 95.311.566987$ 1.187.712,81U$S 3.821,25
026-SC-36-2024/1ROLON VALLEJO Carlos A. – C.I. (P) N° 4.884.433987$ 611.822,67U$S 1.930,46

QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.

Firmado: Lic. Gustavo Javier Falcon – Administrador Aduana Gualeguaychú – Aduana Gualeguaychú, sita en Av. Del Valle 275, Gualeguaychú, Entre Ríos, Tel. 03446-426263.

Gustavo Javier Falcon, Administrador de Aduana.

e. 22/02/2024 N° 7903/24 v. 22/02/2024

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO -
#edicto

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302939/1

Firma: Subizar. Se notifica la disponibilidad de dictámenes, rectificatorias y aclaratorias emitidas por Comisiones Médicas, computando plazos legales desde la publicación. El gerente Ignacio Subizar firma como responsable de la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas. Se adjunta anexo en edición web del Boletín Oficial.

Ver texto original

La Superintendencia de Riesgos de Trabajo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo 19.549, Decreto 1759/72 Art. 42 y concordantes, notifica según IF-2024-18236077-APN-GACM#SRT, que se encuentran a disposición los dictámenes, rectificatorias y aclaratorias con los resultados emitidos por las Comisiones Médicas computándose los plazos de ley a partir de la finalización de la publicación del presente edicto, según se detalla en el siguiente anexo. Publíquese durante tres (3) días en el Boletín Oficial.

Ignacio Jose Isidoro Subizar, Gerente, Gerencia de Administración de Comisiones Médicas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/02/2024 N° 7967/24 v. 26/02/2024

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO -
#edicto

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302940/1

Subizar notifica a afiliados/dañados para presentarse en 5 días para ratificar/rectificar intervenciones médicas, bajo apercibimiento de cierre de actuaciones. Incluye anexos publicados en edición web. Firmante: Subizar (Gerente de Administración de Comisiones Médicas). Se determina publicación en Boletín Oficial por 3 días.

Ver texto original

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo, en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente notifica según IF-2024-18233282-APN-GACM#SRT, a los siguientes afiliados y/o damnificados que deberán presentarse dentro de los CINCO (5) días posteriores a la presente publicación, en los domicilios que más abajo se detallan, con el objeto de ratificar y/o rectificar la intervención de la respectiva Comisión Médica a fin de proceder a su citación a audiencia médica, dejando constancia de que ante la incomparecencia se procederá al cierre de las actuaciones. Publíquese durante TRES (3) días en el Boletín Oficial.

Ignacio Jose Isidoro Subizar, Gerente, Gerencia de Administración de Comisiones Médicas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/02/2024 N° 7969/24 v. 26/02/2024

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN -
#inscripcion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302941/1

Se decreta la inscripción de ORONAO SOCIEDAD DE PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS S.R.L. en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros para todo el territorio nacional. Firmantes: PLATE (Superintendente de Seguros), CONDE (a cargo de Gerencia Administrativa). Incluye datos tabulados sobre el trámite.

Ver texto original

SINTESIS: RESOL-2024-67-APN-SSN#MEC Fecha: 20/02/2024

Visto el EX-2023-70027479-APN-GAYR#SSN...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: Inscribir en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros, para ejercer la actividad de intermediación en seguros, en el Territorio Nacional y en todas las ramas del seguro, a ORONAO SOCIEDAD DE PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS S.R.L. (CUIT 30-71810467-6).

Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en

www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

Ramon Luis Conde, A cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.

e. 22/02/2024 N° 7970/24 v. 22/02/2024

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN -
#inscripcion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302942/1

El Superintendente de Seguros de la Nación, Guillermo PLATE, resuelve rehabilitar en el Registro de Productores Asesores de Seguros a FERREYRA, Lucio Alberto y BEVILACQUA, Facundo Javier, indicándose sus matrículas. Firma: PLATE.

Ver texto original

SINTESIS: RESOL-2024-63-APN-SSN#MEC Fecha: 20/02/2024

Visto el EX-2017-35180456-APN-GA#SSN...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: Rehabilitar en el Registro de Productores Asesores de Seguros al Sr. FERREYRA, Lucio Alberto (Matrícula N° 1.674), y al Sr. BEVILACQUA, Facundo Javier (Matrícula N° 502.991).

Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en

www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

Ramon Luis Conde, A cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.

e. 22/02/2024 N° 8005/24 v. 22/02/2024

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN -
#inscripcion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302943/1

Se decreta la inscripción de SIFH SOCIEDAD DE PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS S.R.L. en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros para todo el territorio nacional. Firmantes: PLATE (Superintendente de Seguros de la Nación).

Ver texto original

SINTESIS: RESOL-2024-68-APN-SSN#MEC Fecha: 20/02/2024

Visto el EX-2023-136933331-APN-GAYR#SSN...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: Inscribir en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros, para ejercer la actividad de intermediación en seguros, en el Territorio Nacional y en todas las ramas del seguro, a SIFH SOCIEDAD DE PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS S.R.L. (CUIT 30-71787645-4).

Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

Ramon Luis Conde, A cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.

e. 22/02/2024 N° 7956/24 v. 22/02/2024

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS -
#edicto

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302944/1

Se dispone citar por 10 días a familiares de URBAITEL, PABLO FABIAN para que accedan a través de fallecimiento@afip.gob.ar. Quienes reclamen haberes pendientes deben comunicarse a mcianni@afip.gob.ar, rarolfo@afip.gob.ar o hpiparo@afip.gob.ar, adjuntando documentación que acredite vínculo familiar y/o declaración de herederos. La notificación debe publicarse 3 días hábiles consecutivos. Firmante: AGUIRRE.

Ver texto original

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente fallecido URBAITEL, PABLO FABIAN D.N.I. N° 11.130.502, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10), para que dentro de dicho término se contacten a hacer valer sus derechos, al correo electrónico: fallecimiento@afip.gob.ar.

Asimismo quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido deberán contactarse a los siguientes correos electrónicos: mcianni@afip.gob.ar - rarolfo@afip.gob.ar - hpiparo@afip.gob.ar de la División Gestión Financiera, aportando la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y, en caso de corresponder, la declaratoria de herederos.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

Maria Roxana Aguirre, Jefa de Departamento, Departamento Beneficios al Personal y Salud Ocupacional.

e. 20/02/2024 N° 7363/24 v. 22/02/2024

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA -

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302945/1

El Superintendente de Entancias Financieras y Cambiarias, mediante resolución, dejó sin efecto la imputación a TRINTER S.A.C.I. por aplicación del principio de la ley penal más benigna, archivó el sumario 4462 y ordenó su publicación en el Boletín Oficial por 5 días. Firmantes: Feijoo y Pico. Incluye expedientes y números de resolución.

Ver texto original

El Banco Central de la República Argentina, comunica que el señor Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias mediante Resolución N° RESOL-2023-390-E-GDEBCRA-SEFYC#BCRA, ha dispuesto lo siguiente: “…1. Dejar sin efecto la imputación formulada a la firma TRINTER S.A.C.I. y F. (C.U.I.T. N° 30-50612486-3), mediante la Resolución de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias N° 452/10, por aplicacion del principio de la ley penal mas benigna. 2. Archivar el presente Sumario en lo Cambiario N° 4462, Expediente N° 100.954/07. 3. Notifíquese…”. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

Cristian Feijoo, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Carolina Eugenia Pico, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 16/02/2024 N° 6464/24 v. 22/02/2024

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA -
#edicto

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302946/1

Banco Central emplaza a SANCHEZ a comparecer en 10 días hábiles ante Gerencia de Asuntos Contenciosos. Se mencionan expedientes y sumarios. Firmantes: Bernetich (Jefa) y Ponce de León (Analista Coordinador).

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EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la señora Antonella Lucía SANCHEZ (D.N.I. N° 44.174.012), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 266, Edificio Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8602”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a estar a derecho en el Expediente N° 187189/2022, Sumario N° 8092, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.

Mariana Berta Bernetich, Jefa, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario - Gustavo Oscar Ponce de León, Analista Coordinador, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 21/02/2024 N° 7437/24 v. 27/02/2024

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL -
#edicto #designacion

via: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302947/1

Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social inicia sumario a la Asociación Privada del Personal Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (matrícula CF 1298). La Dra. Martínez fue designada instructora sumariante. Se otorga plazo de 10 días hábiles para descargos, ampliable por distancia. La entidad debe constituir domicilio legal bajo apercibimiento. Se citan resoluciones INAES y normas del Decreto 1759/72.

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EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a la Entidad: ASOCIACION PRIVADA DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (AYUDA MUTUA), Matricula Nº CF. 1298. Mediante RESFC-2017-657-APN-DI#INAES, con procedimiento de la Resolución Nº 3098/08 INAES y modificatoria. Con domicilio dentro de la República Argentina. Se notifica, además, que en las actuación enumerada “ut supra” he sido designada como instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a la Entidad el plazo de DIEZ (10) días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art 1º inc. f) de la Ley Nº 19.549), que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el tramité sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (arts.19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). Notifíquese en la forma prevista por el art. 42 del Decreto reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). FDO: Dra. Viviana Andrea Martínez.

Viviana Andrea Martinez, Instructora Sumariante, Coordinación de Sumarios a Cooperativas y Mutuales.

e. 20/02/2024 N° 7386/24 v. 22/02/2024

Bonus 1: JSON designaciones y renuncias

Bonus 2: CSV designaciones